23 de julio de 2002 - 09:07
Solo en rutas se debe prender luz baja de día
Este artículo tiene 23 años de antigüedad Solo en rutas nacionales o internacionales, que son aquellas que cruzan de un extremo a otro el país y conducen a otros países (como las rutas I, II, III, IV, etc.), los transportistas están obligados a llevar encendida la luz baja de sus vehículos aun de día. No así en calles o avenidas, que son las que cruzan de un lado a otro una ciudad (como Rodríguez de Francia, Madame Lynch, Artigas, etc.).