Como era previsible, la jueza penal de Garantías de Ciudad del Este Cinthia Garcete rechazó el pedido del Ministerio Público para que el senador Javier Zacarías Irún (ANR) guarde prisión preventiva en la causa que se le sigue porque habría instigado la comisión del hecho punible de lesión de confianza, que causó a la Municipalidad del Este un perjuicio de 2.174 millones de guaraníes, entre 2014 y 2018, cuando la Intendencia era ejercida por Alberto Rodríguez y Sandra McLeod. Aparte de imponerle una fianza de 500 millones de guaraníes, la resolución –dictada luego de que el caso estuviera congelado durante nueve meses en el Tribunal de Apelación– se limitó a obligarlo a no abandonar el país, a que una vez al mes firme en el Juzgado un libro de asistencia y a que dé aviso si piensa cambiar de domicilio. Esto implica que el jefe del nefasto clan podría seguir obstruyendo las investigaciones en curso, tal como cree la Fiscalía de Delitos Económicos y Anticorrupción. La fianza dispuesta no hará mella en la fortuna que el legislador acumuló en la función pública al no haber abonado jamás el impuesto a la renta personal. Tampoco le incomodará mucho visitar cada tanto el Juzgado ni informar de una eventual mudanza. En cuanto a la prohibición de salir del país, lo más probable es que no tenga el menor interés de hacerlo, dado que, para trabar las pesquisas, nada mejor que permanecer en libertad en su feudo Ciudad del Este. Como puede verse, la decisión de la jueza Garcete le calza como un traje hecho a medida.
Debe señalarse que el Ministerio Público no fundó su solicitud de prisión preventiva en la sospecha de que el encausado podría fugarse, sino en la creencia de que estaba tratando de borrar huellas. Por ejemplo, aportó mensajes en los que, en febrero de este año, instruía a Juan Sanabria Notario, exjefe de Prensa de la Municipalidad, que controle los datos entregados a los agentes fiscales Josefina Aghemo y René Fernández, y le informaba con antelación de los allanamientos a realizarse. Luego de que Sanabria Notario haya revelado que Zacarías Irún era el intendente de hecho que, entre otras cosas, financió con fondos municipales gran parte de su campaña para ganar el escaño, los citados agentes fiscales lograron que cinco testigos tengan custodia policial. En abril último, denunciaron que ellos mismos fueron amenazados de muerte por terceras personas, con motivo de la imputación formulada el 11 de marzo.
O sea que había motivos suficientes para que la jueza impida que el procesado siga interfiriendo en las investigaciones, pero ella prefirió dar el gusto a quien sigue actuando como el mandamás esteño. Allí está jugando de local, en cancha propia, ya que son muchos los que, incluso en la Administración de Justicia, le deben algún favor directo o indirecto. Hay quienes se sienten tan agradecidos o temerosos, considerando los antecedentes del personaje de marras, que prefieren ignorar la ley antes que algún deseo suyo. Es que durante largos años manejó a su antojo no solo la Municipalidad de Ciudad del Este y la Gobernación del Alto Paraná, sino también a una buena parte de las “fuerzas vivas” y del aparato estatal. Así las cosas, es entendible que en su caso no haya regido el art. 244 del Código Procesal Penal, que habla del peligro de obstruir las investigaciones cuando existe la grave sospecha de que el imputado destruya, modifique u oculte elementos de prueba, influya en los coimputados, testigos o peritos para que informen falsamente o actúen de modo desleal o reticente, o induzca a otros a tales inconductas. Mediante los “Screen JZI”, los agentes fiscales demostraron que el pope esteño estaba obrando en tal sentido incluso antes de ser imputado, siendo de pública notoriedad, por lo demás, que puede ejercer una gran influencia sobre los coimputados, testigos o peritos. Pese a todo, la jueza dispuso unas inocuas medidas alternativas.
El senador sigue al menos bajo el escrutinio público, porque hay varios exlegisladores imputados o acusados que, muy calladitos, esperan que pase el tiempo para plantear, llegado el momento, la prescripción de la acción penal. Uno de ellos es el hoy “parlasuriano” Enzo Cardozo (PLRA), procesado desde hace seis años por dos delitos de lesión de confianza que habría cometido como ministro de Agricultura y Ganadería; en una de las causas, todos los implicados ya fueron condenados, salvo él, pues sus chicanas sistemáticas han impedido que tan siquiera se realice la audiencia preliminar. Los otros que tratan de pasar desapercibidos desde hace años son los experlasurianos liberales Alberto Aquino y Emmanuel Friedmann, los exdiputados Óscar Núñez (ANR), Fernando Nicora (PLRA) y Aldo Vera (Avanza País), y los exsenadores Nelson Aguinagalde (ANR) y Carlos Amarilla (exliberal).
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Todos ellos han venido planteando las habituales chicanas, algo al que, desde luego, también recurren los legisladores actuales, como lo viene haciendo desde mayo de 2018 el diputado Tomás Rivas (ANR). Ahora presentó un certificado médico para evitar la audiencia preliminar que decida el inicio del juicio oral en el caso de sus tres caseros a sueldo de la Cámara. Entonces, el juez Raúl Florentín envió un médico a su domicilio de Ybycuí, y al no encontrarlo allí, dispuso su detención.
Por su parte, un Tribunal de Apelación rechazó los incidentes de nulidad de las actas de imputación, interpuestos por el diputado Miguel Cuevas (ANR), su esposa y su hijo; el primero, sobre quien pesa un pedido de prisión preventiva, está imputado por enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias y declaración jurada falsa.
La lucha por la justicia es muy dura, sobre todo cuando está en juego el destino de parlamentarios en activo o en situación de retiro, que hacen gala de su mala fe procesal y de su predicamento en la judicatura. Los casos referidos son una pequeña muestra de la inmundicia que afecta al Congreso, siendo de esperar que los corresponsables mencionados sean juzgados como la “gente común”.