Libertad responsable sí, dictadura no

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Es evidente que se atraviesa un momento delicado por la alta ocupación de las camas de terapia intensiva disponibles en el país y es sumamente importante que todos colaboremos para reducir el ritmo de contagios. Las medidas para ello son simples y efectivas: lavado frecuente de manos, uso de tapabocas en lugares cerrados, mantenimiento de distancia prudencial, aislamiento en caso de síntomas o contactos directos, a lo que en las actuales circunstancias podríamos agregar una moderación voluntaria de aquellas actividades sociales que pudieran suponer un riesgo significativo para uno y para los demás. Pero el nuevo Decreto 4990 del Poder Ejecutivo, que, entre otras cosas, limita el horario en el cual pueden circular las personas, emitido luego de más de un año de restricciones ininterrumpidas a actos lícitos de la población, constituye un abuso de autoridad que ya resulta absolutamente intolerable. En una democracia, los derechos fundamentales de los ciudadanos no se pueden cercenar de manera permanente bajo ningún concepto, y mucho menos por simple decreto del Presidente de la República.

Es evidente que se atraviesa un momento delicado por la alta ocupación de las camas de terapia intensiva disponibles en el país y es sumamente importante que todos colaboremos para reducir el ritmo de contagios. Las medidas para ello son simples y efectivas: lavado frecuente de manos, uso de tapabocas en lugares cerrados, mantenimiento de distancia prudencial, aislamiento en caso de síntomas o contactos directos, a lo que en las actuales circunstancias podríamos agregar una moderación voluntaria de aquellas actividades sociales que pudieran suponer un riesgo significativo para uno y para los demás. Pero el nuevo Decreto 4990 del Poder Ejecutivo, que, entre otras cosas, limita el horario en el cual pueden circular las personas, emitido luego de más de un año de restricciones ininterrumpidas a actos lícitos de la población, constituye un abuso de autoridad que ya resulta absolutamente intolerable.

Los sucesivos decretos con los que Mario Abdo Benítez ha venido prolongando el “aislamiento preventivo general” desde marzo de 2020 recuerdan a aquellos con los que Alfredo Stroessner sistemáticamente renovaba cada tres meses el Estado de Sitio del artículo 79 de la anterior Constitución, al amparo de lo cual justificaba todas sus arbitrariedades. Si lo que se impone es la mentalidad autoritaria, siempre se encontrará algún forzado argumento legal y algún motivo para coartar las libertades y las garantías civiles. En aquel momento eran “el avance del comunismo internacional” y la necesidad de mantener “paz y progreso”, hoy puede ser la pandemia del covid, mañana cualquier otra cosa, pero lo cierto es que, en una democracia, los derechos fundamentales de los ciudadanos no se pueden cercenar de manera permanente bajo ningún concepto, y mucho menos por simple decreto del Presidente de la República.

El artículo 68 de la Constitución Nacional al que aluden los decretos de Marito señala que “toda persona está obligada a someterse a las medidas sanitarias que establezca la ley, dentro del respeto a la dignidad humana”. A partir de ahí el Gobierno interpreta que el Código Sanitario (que, dicho sea de paso, es una ley de la época de Stroessner, promulgada en 1980) lo faculta ampliamente a imponer las prohibiciones y sanciones que se le ocurra por el tiempo que se le antoje. El mismo decreto abre el paraguas y considera que dicho código “atiende a una situación manifiestamente excepcional (…) de difícil regulación detallada y pormenorizada”, por lo que “el instrumento jurídico que se utiliza aquí” (o sea, el decreto) es el que tiene la “adecuabilidad (sic), adaptabilidad y versatilidad suficientes para ajustarse con precisión a las circunstancias cambiantes, mutables y extraordinarias con las que se tienen que lidiar a raíz de la propagación del covid-19”.

Esta es la interpretación que hace el Ejecutivo, pero no es lo que dice la Constitución, que textualmente se refiere a las medidas sanitarias “que establezca la ley”, no el gobierno de turno. Y en cuanto al “respeto a la dignidad humana”, salvo que esta administración crea que es digno para un ciudadano ser atropellado en su libertad, ser detenido y puesto en una comisaría por circular a la hora que le plazca sin haber cometido flagrantes hechos punibles; o que es digno para alguien ser sancionado por realizar un trabajo o una actividad económica lícita cumpliendo los protocolos y sin perjudicar directamente a nadie; o que es digno para los niños y adolescentes no poder recibir educación apropiada después de un año perdido, entonces claramente tampoco el Gobierno se enmarca dentro de ese requisito constitucional.

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Lo mismo con el artículo 128 de la Constitución, “De la primacía del interés general”, también mencionado en el decreto. Es cierto que el mismo establece que el interés de los particulares debe subordinarse al bien común, pero específicamente se refiere a que los habitantes deben prestar servicios y desempeñar las cargas públicas “que determinen esta Constitución y la ley”. En ninguna parte el artículo otorga una carta blanca a ningún Gobierno para definir unilateralmente qué es interés general ni para imponer cargas al margen de lo ya establecido en la legislación.

Cuando se declaró el estado de emergencia, hace ya un año, las restricciones eran entendibles y razonables, todos así lo entendieron, todos pusieron lo suyo para enfrentar el peligro, a costa de durísimos sacrificios económicos y personales. La población cumplió con creces, gracias a lo cual Paraguay tiene una tasa de contagios y mortalidad relativamente baja en comparación con otros países. El que no cumplió fue el Gobierno. No solo fracasó en la adecuada preparación del sistema de salud pública, pese a contar con tiempo, recursos y amplias discrecionalidades, sino en el objetivo estratégico de asegurar la provisión de vacunas para poner al país en condiciones de volver a la normalidad.

Por lo tanto, un año después, el Gobierno puede reconocer su inoperancia y apelar a la conciencia de la ciudadanía, que seguramente va a responder una vez más. Pero que haya emitido un decreto ilegal y represivo, amenazando a la población con el uso de la fuerza pública, es un acto prepotente y dictatorial. No tiene ni la potestad constitucional ni la altura moral para ello.