Hablan de modificar tres artículos del Código Procesal Penal, que deberán ser aprobadas por el Congreso. Al respecto Enrique Kronawetter, asesor del Poder Ejecutivo, explicó que la primera es con relación al artículo 129, en el que se establece que los plazos para el instituto de las medidas cautelares se computarán de manera continúa o corrida; la redacción actual será modificada, se eliminará el plazo continuo y quedará como plazos hábiles. La segunda es el artículo 141, que habla sobre la resolución ficta, que pasará de 24 horas a 10 días hábiles y el último, el artículo 250 sobre revisión de medidas cautelares, la ley refiere que se debe llevar a cabo en un plazo de 48 horas, ahora se pretende que sea dentro de un plazo de 5 días hábiles.
17 de julio de 2019 - 02:00
Pretenden modificar artículos
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