Disgusto en el JEM porque la Corte no hace efectivas las suspensiones

Como la Corte no aplica las suspensiones a jueces y fiscales que solicita el Jurado de Enjuiciamiento, este órgano hará uso de la Ley 3759 y directamente impondrá la sanción. La Corte tendrá 15 días de plazo para hacer efectiva la medida y solo analizará si será con o sin goce de sueldo. Hay 10 suspensiones pendientes.

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Aunque el presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), Cristian Kriskovich, evitó hablar de una minicrisis entre esta institución y la Corte Suprema, se percibe el malestar porque no se hace efectiva la disposición de suspensión a jueces y fiscales que son enjuiciados por mal desempeño.

Kriskovich manifestó que directamente van a hacer valer lo que dispone el Art. 13 de la Ley N° 3759/2009 “Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados”, conocida en su momento como ley “López Chávez”, por ser este diputado quien entonces impulsó la normativa cuestionada por su severidad.

El mencionado Art. 13 dispone que “habiendo el Jurado dispuesto de oficio la suspensión del enjuiciado, comunicará a la Corte Suprema dicha resolución para que esta la haga efectiva en el perentorio plazo de 15 días, con o sin goce de sueldo, dependiendo de la gravedad del hecho”.

Kriskovich reconoció que la Ley 3759 colisiona con el Art. 259, inc. 7 de la Constitución Nacional al otorgar a la Corte Suprema la facultad de suspender preventivamente al enjuiciado, por sí, o por pedido del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados por mayoría absoluta de sus miembros.

El 13 de marzo de 2012, el entonces ministro y presidente de la Corte Suprema Víctor Núñez había planteado una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 3759, pero la Sala Constitucional no se pronunció sobre una medida cautelar de suspensión de efectos de la norma cuestionada, por lo que se entiende que esta ley está vigente para la Corte.

Kriskovich agregó que en la sesión del Jurado del martes pasado se resolvió cambiar la fórmula enviada en el oficio a la Corte que decía: “solicitamos la suspensión”, por la del “Jurado decidió suspender”, con lo que obligará a la Corte a que se pronuncie si corresponde o no dar el trámite que solicita el JEM.

Los pedidos no analizados

- La Corte no analizó los pedidos de suspensiones de los jueces Óscar Cantero, Aldo León, Samuel Silvero, Edy Duarte, Mario Brítez y Zulma Luna, y el de los fiscales Katia Uemura, Karina Giménez y Libia Centurión.

- El JEM suspendería directamente con la Ley 3759 a los fiscales Raquel Fernández, Martín Cabrera y Nadine Portillo, y al juez Máximo Ortega.

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