Específicamente, la acción cuestiona el artículo 94, que dice lo siguiente: “e) el que vendiere, entregare o facilitare armas de fuego, piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines a menores de 22 años de edad, será castigado con pena privativa de libertad de 5 a 10 años”.
El accionista afirma que la normativa citada lesiona su actividad laboral, debido a que su empresa cuenta con personales mayores de edad y algunos menores de 22 años que cumplen el trabajo de seguridad privada, para lo cual deben portar armas de fuego. Alega que el artículo colisiona con otros de la Constitución Nacional, del Código Civil, del Código Laboral y la Ley 2169, artículos 1° y 3° (que establece la mayoría de edad a los 18 años).
