ABC
28 de octubre de 2026
La primera mañana
ABC TV de 05:00:00 a 05:59:00
Ver ABC TV
La primera mañana
ABC Cardinal AM de 05:00 a 07:59
Escuchar ABC AM
Solo Música
ABC FM 00:00 a 05:59
Escuchar ABC FM
La primera mañana
ABC TV de 05:00:00 a 05:59:00
Ver ABC TV
18º
Ahora
ver más
18º
Ahora
HOY
Min
18º
Máx
30º
undefined 2026-10-29
Min
18º
Máx
28º
undefined 2026-10-30
Min
15º
Máx
29º
undefined 2026-10-31
Min
17º
Máx
31º
undefined 2026-11-01
Min
17º
Máx
34º
undefined 2026-11-02
Min
20º
Máx
32º
Cotizaciones del día
DOLAR
Compra
5.720
Venta
5.970
PESO
Compra
1
Venta
10
REAL
Compra
1.080
Venta
1.190
EURO
Compra
6.100
Venta
6.850

Tras 15 años de pleito, senador Blas Llano prestará asistencia alimentaria

Este artículo tiene 8 años de antigüedad
Imagen sin descripción

El senador Blas Llano (PLRA) deberá depositar G. 2.500.000 mensuales en una cuenta a nombre de su hija de 15 años en concepto de asistencia alimentaria. Así lo resolvió la jueza María Teresa Franco Carrera, interina del juzgado de la Niñez y la Adolescencia, al decretar la medida en forma provisoria, en el marco del juicio promovido contra el parlamentario por prestación de alimentos.

Agregá ABC a Google como fuente preferida en tus búsquedas.

Fátima Flor de Buccini, abogada de la madre de la joven, resaltó que lleva más de 15 años en litigio, pues primeramente promovió un juicio de reconocimiento de filiación contra Llano, y recién una vez que ganó el referido juicio inició el de prestación de alimentos.

El primer juicio se inició en el 2002 –año de nacimiento de la niña– y fue sumamente incidentado debido a las reiteradas chicanas promovidas por la defensa del político liberal. La accionante, que actualmente reside en España, ganó en todas las instancias.

El 21 de octubre de 2016 la Corte Suprema de Justicia rechazó “in límine” la acción de inconstitucionalidad de Llano contra el fallo que ordenó la inscripción de la niña como su hija.

Como último recurso, en julio último el senador presentó un incidente de nulidad, con el cual pretendía anular todo el proceso con el argumento de que el no debió prosperar sin previo desafuero. Posteriormente, el propio Llano desistió del insólito recurso.

La suma establecida por la jueza Franco equivale a 36,74 jornales mínimos diarios para actividades no especificadas. La suma establecida, 2.500.000 guaraníes, debe ser depositado del 1 al 10 de cada mes en un cuenta abierta a nombre del juicio en el Banco Nacional de Fomento.

Lo
más leído
del día

01
02
03
04
05

Te puede interesar