17 de junio de 2003 - 09:06
Prescripción de medicamentos debe darse por nombre genérico
Este artículo tiene 22 años de antigüedad El Ejecutivo dispuso que toda prescripción de medicamento, sea este monodroga o combinación a dosis fija, deberá efectuarse por el nombre genérico o por la denominación común internacional que se indique, seguido de su concentración, forma farmacéutica y dosis/unidad, así como de la presentación solicitada.