Art. 2 – Constituir un Grupo de Trabajo Ad Hoc, integrado por representantes de los Estados Partes del Mercosur, para definir, en conjunto con la delegación de la República de Bolivia, los términos para la incorporación de Bolivia como Estado Parte del Mercosur.”
Asimismo, sigue disponiendo cuanto sigue: “Art. 3 – El Grupo de Trabajo Ad Hoc deberá tener presente, en sus trabajos, las necesidades e intereses de todos los países involucrados y la normativa Mercosur aplicable. Art. 4 – El Grupo de Trabajo Ad Hoc deberá presentar al CMC los resultados de sus trabajos en un plazo de 180 días, contados a partir de su primera reunión, prorrogable por igual período.”
Por lo que antecede, nada nuevo agrega la invitación que el Gobierno del Brasil realizara a Bolivia, quizás tomando ventaja de la suspensión al Paraguay. Lo que en este proceso el Gobierno del Paraguay debe dejar bien en claro es que el mismo debe ajustarse a lo dispuesto en la Decisión 20/05 y lo señalado en el Art. 3 de la decisión CMC/DEC.N.1/07 al consagrar que en el proceso negociador “se deberá tener presente las necesidades e intereses de todos los países involucrados”, lo que reafirma que el Paraguay no puede estar ausente de estas negociaciones. Por lo tanto, si la misma se inicia sin la presencia del miembro pleno como es el Paraguay, argumentando la ilegal suspensión, se estará una vez más quebrantando el estado de derecho en el Mercosur y la grosera afirmación de que “lo político prima sobre lo jurídico”. Pareciera que ante la injusta, arbitraria e ilegal suspensión del Paraguay como miembro pleno, aplicándole el garrote político de Usahia I, existe la premura por incorporar a como dé a Bolivia. El Paraguay no se opondría a que ingrese Bolivia. El Art. 20 del Tratado de Asunción asegura, desde el punto de vista jurídico, -aunque la misma ya fue groseramente violentada por Argentina, Brasil y el Uruguay en el caso de Venezuela-, que dicha adhesión deberá ser aprobada por unanimidad de los Estados Partes y Paraguay debe participar de ese proceso no tanto para defender sus intereses sino porque así lo dispone el Tratado de Asunción. Una nueva decisión sobre el ingreso de Bolivia, contrariando las normas legales del Mercosur e ignorando al Paraguay en este proceso, debería obligarnos a reflexionar seriamente hasta dónde pueden alcanzar estas pretensiones hegemónicas y los riesgos que nuestra continuidad en el Mercosur implica para nuestra soberanía. Lo mismo puede decirse con relación a la invitación extendida al Ecuador. Si esto se presenta como un hecho consumado, como fue lo de Venezuela, es hora de recurrir a las instancias jurídicas internacionales para denunciar el quebrantamiento jurídico-institucional del Mercosur, así como la violación de los procesos que obligatoria y jurídicamente deben regir la incorporación de nuevos socios plenos o asociados al Mercosur. Callarnos ante nuestros asociados podría ser considerada una actitud complaciente e implicará una tolerancia cuya precedencia debilitará nuestra soberanía y su defensa en el futuro. El Mercosur se debate entre “la fuerza del derecho o el derecho de la fuerza”; nosotros optamos, desde nuestra independencia, apegarnos a la “fuerza del derecho”.
(*) Exrepresentante Permanente del Paraguay ante la ONU y la OMC
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