Taiwán en el Mar de China Meridional

Yo tuve la grata oportunidad de asistir, el pasado 14 de julio en el Palacio Benigno López, al lanzamiento del libro del Dr. Luis María Ramírez Boettner, distinguido excanciller paraguayo, sobre el diferendo del Chaco entre Paraguay y Bolivia. En su introducción del libro, el Dr. Ramírez Boettner mencionó la necesidad de defender el territorio “contra viento y marea”. El evento y esas palabras me hicieron reflejar sobre un acontecimiento mucho más reciente, del 12 de julio pasado, del fallo de la Corte Permanente de Arbitraje Internacional en La Haya (CPA) sobre reclamos territoriales en el Mar de China Meridional.

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El Gobierno de la República de China (Taiwán) reiteradamente ha proclamado que, las islas, rocas, arrecifes y aguas del Mar de China Meridional son parte integral de su territorio, basado en documentaciones y hechos históricos (por algo se llama el Mar de “China” Meridional), y por eso tiene todos los derechos soberanos de conformidad con la ley internacional y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS, siglas en inglés).

Por ejemplo, la Isla Taiping, con una superficie de 0.51 km², es la mayor de las Islas Nansha (Spratly) en el Mar de China Meridional, cuenta con abundante vegetación y agua dulce para permitir sustento humano y propia vida económica, y reúne los criterios de isla según el Artículo 121 de UNCLOS. Al concluir la Segunda Guerra Mundial, fuerzas navales de la República de China llegaron a la isla en diciembre de 1946 para recuperar y reafirmar nuestra soberanía, y desde junio de 1956 la isla ha estado permanentemente habitada y bajo control efectivo de Taiwán.

En 2013, Filipinas presentó una petición de arbitraje ante la CPA, en contra de la República Popular de China respecto a unos episodios de disputa sobre territorios en el Mar de China Meridional, bajo UNCLOS, el cual es conocido también como “The South China Sea Arbitration”.

La CPA dio lectura del fallo sobre el referido arbitraje el 12 de julio del presente año, en gran parte a favor de Filipinas.

Aunque la Isla Taiping no estaba originalmente incluida en el pedido de arbitraje por parte de Filipinas, la CPA asumió unilateralmente la tarea de expandir su autoridad no solicitada declarando que la Isla Taiping gobernada por Taiwán, así como todas las islas dentro del Mar de China Meridional, incluyendo a otras ocupadas por Vietnam, Filipinas y Malasia, no son islas sino todas “rocas” que “no generan una zona económica exclusiva”.

Cabe mencionar que durante las deliberaciones, la CPA no invitó formalmente a la República de China (Taiwán) a participar en sus procedimientos, ni solicitó a Taiwán a presentar sus puntos de vista. De hecho nadie de la CPA llegó a la Isla Taiping.

Por las razones arriba mencionadas, dicho fallo es completamente inaceptable para el Gobierno de la República de China (Taiwán), y no tiene fuerza jurídicamente vinculante para Taiwán. Dicha decisión pone severamente en peligro el estatus legal de las islas del Mar de China Meridional en las cuales la República de China (Taiwán) ejerce soberanía sobre ellas y las aguas del Mar de China Meridional de conformidad con la ley internacional y UNCLOS.

Asimismo, en el texto del fallo la CPA se refiere al Gobierno de Taiwán como “Autoridades taiwanesas de China” lo cual es degradante para el estatus de la República de China (Taiwán) como una nación soberana.

El Gobierno de la República de China (Taiwán) reitera que las islas en el Mar de China Meridional son parte integral de su territorio, y tomará medidas decididas para preservar su soberanía y los derechos marítimos relevantes. Sin embargo, mi gobierno también ha instado a que las disputas en el Mar de China Meridional se resuelvan pacíficamente a través de las negociaciones multilaterales con el espíritu de dejar de lado las diferencias y promover la tarea conjunta de desarrollar el área.

Siendo la parte interesada, pacífica y responsable en el Mar de China Meridional, Taiwán está dispuesto a trabajar con todas las partes involucradas para promover la paz y la estabilidad en esa región de suma importancia en el ámbito de la fluidez de tránsito marítimo y preservación del medio ambiente mediante negociaciones sobre la base de igualdad.

El Dr. Ramírez Boettner expresa que escribió el libro a estas alturas del tiempo sobre el diferendo del Chaco porque “quizás con el tiempo algunos conocimientos que tengo, basados en toda la documentación sobre este conflicto pueda quedar desconocidos en el futuro”,... ya que “como decía el papa Juan Pablo II : ‘sin historia no hay futuro’”.

Al ofrecerle mis saludos y respetos al Dr. Ramírez Boettner, también resalto la necesidad de prevenir que algunos usen el tiempo para diluir o tergiversar hechos históricos en el Mar de China meridional. ¡La soberanía se defiende!

* Embajador de la República de China (Taiwán) República del Paraguay

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