El Consejo, creado por la citada ley, tiene entre sus funciones el de aceptar o no las declaraciones de objeción de conciencia.
Acevedo destacó que además hay una acción de inconstitucionalidad pendiente en la Corte Suprema de Justicia presentada hace tiempo por unos 300 jóvenes y las oenegés Movimiento de Objeción de Conciencia-Paraguay (MOC-Py) y Serpaj-Py.
Las mencionadas oenegés alegan la inconstitucionalidad de la ley porque somete a la decisión de un consejo la validez o no de la declaración de la objeción de conciencia. “La Constitución, en su Art. 129, habla solo de declaración de la objeción de conciencia como requisito y no habilita a ningún organismo del Estado a indagar sobre la conciencia de los ciudadanos”, dijo Acevedo. “Pretenden instalar un tribunal de conciencia como en las épocas de la caza de brujas”, añadió.
Acevedo sostuvo que sus organizaciones creen que el servicio sustitutivo, que ellos llaman “el servicio civil obligatorio”, debe ser remunerado, como lo es el servicio militar obligatorio, por lo que representará un gasto importante para el Estado.
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