La normativa, presentada por el diputado colorado Carlos Liseras, señala que el proyecto constituye una oportunidad para mejorar la administración de justicia en nuestro país, ya que la modificación del artículo de la mencionada ley contribuirá a descomprimir el sistema judicial. Alega que, de existir controversias, los afectados podrán acogerse al arbitraje, y de esta manera las partes podrán optar por un procedimiento privado a fin de solucionar las controversias, evitando así acudir ante los tribunales, con lo que se obviarían gastos innecesarios.
“El proyecto plantea la necesidad de fortalecer los medios de resolución de conflictos, haciendo más sólido el sistema, incorporando al notario y escribano público con registro como profesional facultado a ejercer la función de árbitro, siempre que las partes opten por solicitar su intervención”, menciona.
La Ley 879 expresa que “la función notarial es incompatible con una función o empleo de carácter público o privado, y con el ejercicio del comercio por cuenta propia o ajena, o de cualquier otra profesión”.