No hace falta certificado de adjudicación, afirman

El teniente coronel Óscar Villagra Rodríguez, jefe de Registro Nacional de Armas, dijo ayer a nuestro diario que la autorización para la importación de armas y municiones se exige una orden de compra (por ejemplo de la Corte), la declaración jurada del importador (Carlos León por Comtecpar) y el certificado de usuario final (Corte), para saber que los materiales llegaron a destino.

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“Son estos documentos los que nos importan y tenemos que tener a la vista para autorizar la importación”, dijo el militar. Sostuvo que la ley que regula todo esto es nueva y que todavía no está reglamentada. “Es por eso que no se pueden descartar errores administrativos”, enfatizó.

Al ser consultado si no era el contrato de adjudicación de las armas y municiones el que Dimabel tiene que tener a la vista para saber la cantidad que se va a importar, respondió que no, e insistió que son la orden de compra, la declaración jurada y el certificado de usuario final.

La Corte también adquirió 15 fusiles de asalto. Empero, se importaron 20. Los cinco que se trajeron demás se vendieron a la Senad, que las compró de Yamgo. En este caso también habría una grave irregularidad que rayaría la ilegalidad y que también debería indagar la fiscalía.

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