La nota suscrita por el contralor y el secretario general, Óscar Rubén Velázquez Gadea y Alfredo David Barúa, está dirigida a Camilo Pérez López Moreira, titular del Comité Olímpico Paraguayo (COP). Pide informes y documentos relativos a los trabajos de control que se realizan como parte de la Ley 4758/12 “Que crea el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide) y el Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación”.
Específicamente refiere a la construcción de las obras que se detallan en el cuadro que ilustra esta página.
Igualmente requiere detalles de los informes y documentos de cada una de las mismas, tales como pliego de bases y condiciones y especificaciones técnicas, informe de evaluación de ofertas y resolución de adjudicación, planes de la oferta (impresos y en soporte digital), contrato de obra firmado, oferta adjudicada, acta de inicio de los trabajos, libros de obras e informes de fiscalización, informe de avance físico de las obras, documentos relativos a órdenes de cambio contractuales y/o acuerdos suplementarios, si hubieren; certificados de obra y de reajustes, aprobados con sus respectivas actas de medición, solicitud de prórrogas de la contratista, con el respectivo estudio, si hubieren; cronograma físico-financiero vigente, pólizas de seguros asignadas en el contrato, informe del estado actual de cada obra componente del llamado, motivos de paralización de cada una de las obras.
También requiere información sobre si es que fueron concluidas las obras descriptas en el cuadro: acta de recepción provisoria, planos de la obra como construidos.
Igualmente requiere informe del contrato, pagos de: anticipo, certificados y reajustes.
El órgano de control superior requiere legajos de rendición de cuentas por desembolsos, que contengan: orden de pago, facturas del contratista, recibos de dinero de la contratista, recibos de retención impositiva, y antecedentes de cumplimiento de la Ley 294/93 “De evaluación de impacto ambiental”, de la obra en referencia.
La nota al Comité Olímpico Paraguayo aclara que el informe deberá ser remitido con la documentación respaldatoria, debidamente autenticados, dentro del plazo de cinco días, exigencia que hasta ayer no cumplió. Recuerda que el suministro de informes es obligatorio para organismos y funcionarios públicos o privados.
