Al igual que otros organismos como el Fondo Monetario Internacional (FMI), la CEPAL estima profundos impactos socio-económicos en toda la región. De acuerdo al informe, los sectores más perjudicados por las medidas de distanciamiento social y cuarentena son el comercio, el transporte y los servicios empresariales y sociales. Estos proveen el 64% del empleo formal, además de las actividades informales que representan el 53% de la ocupación en la región y que se basan principalmente en contactos interpersonales que hoy están vedados.
La CEPAL estimó que, si los efectos del covid-19 llevan a la pérdida de ingresos del 5,0% de la población económicamente activa de Latinoamérica, la pobreza podría aumentar 3,5%, y la pobreza extrema, a 2,0%, lo que implica que decenas de millones de personas perderían condiciones básicas para sobrevivir.
En medio de esta crisis, la creatividad se ha activado como nunca antes. La necesidad ha empujado a muchas empresas y personas a buscar y crear estrategias para enfrentar al enemigo invisible. Desde el sector privado, los actores han venido implementando una serie de reformas para que sus empresas y negocios resistan la pandemia y de esa manera, salvaguardar, en lo que se pueda, los puestos de trabajo.
Por su parte, el sector público, ha tratado de acompañar el proceso de transformación con normativas. A modo de ejemplo, el 24 de marzo, el presidente de Chile promulgó la ley de trabajo a distancia. Esta iniciativa permite que los trabajadores puedan desempeñar sus labores sin asistir a la empresa en forma presencial. La ley recoge estándares europeos y es innovadora en la región. Además, se promulga en una coyuntura que permitirá proteger, aún más, a la población chilena de la pandemia del covid-19.
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De acuerdo a lo que señala la oficina de la presidencia de ese país, la regulación establecerá la obligación de suscribir un contrato con quienes prestan sus servicios fuera de la empresa. Asimismo, si un trabajador ya cuenta con una relación laboral de carácter presencial, este podrá acordar con su empleador el cambio total o parcial a la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, combinando así de mejor forma las responsabilidades laborales con las familiares y su vida social.
En Paraguay, rige una disposición similar. El Artículo 22 de la Ley N° 6524 “Que declara estado de emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud a causa del covid-19 o coronavirus” y se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras. En este apartado, se contempla que, durante la vigencia de esta ley, siempre que la naturaleza de la relación laboral existente lo permita, se establece el régimen jurídico del teletrabajo con relación a dependencia para el sector privado y en el sector público de conformidad a la reglamentación de cada organismo o entidad del Estado.
En la normativa aclara que el teletrabajo consiste en el desempeño de actividades o trabajos realizados a distancia en forma total o parcial, mediante el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en virtud a una relación de trabajo que permita su ejecución a distancia, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de empleo.
Con estas y otras medidas, se ha tratado de no alterar de forma considerable el circuito laboral de los países. Y muchas de las nuevas prácticas están dando resultados positivos en varios sectores.
En esta entrega, MF Economía sigue presentando la experiencia de varios sectores que vienen haciendo frente a los efectos de la pandemia con constante ingenio.
