Crédito tributario: La capacidad, que por su credibilidad, tiene el Estado de endeudarse mediante operaciones específicas en la materia.
Declaración de bienes y servicios: Manifestación en la forma prescrita por la aduana, por la que los interesados indican el régimen aduanero que se ha de aplicar a las mercancías y proporcionan los datos que la aduana exige para la aplicación de este régimen.
Declaración jurada: Manifestación hecha bajo juramento, y generalmente por escrito, acerca de diversos puntos que han de surtir efectos ante las autoridades administrativas o judiciales.
Decomiso: Es el acto de transferir la tenencia de la mercancía del dueño, consignatario o tenedor legal a la aduana por violaciones a la ley o por tratarse de artículos cuya importación o exportación esté prohibida.
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Defraudación tributaria: Infracción que se constituye como toda simulación, ocultación, maniobra o cualquier otra forma de fraude que induce en error al fisco, del que resulta un provecho indebido para el contribuyente o un tercero y un perjuicio para el fisco en su derecho a la percepción íntegra del impuesto establecido.
Fuente: Educación tributaria SET https://www.set.gov.py/portal/edufis/areadocentes/glosario