Este organismo es responsable de diseñar, gestionar y proponer normas legales para un adecuado desarrollo del sector conforme a la política energética que provenga de la Comisión Nacional de Política Energética consensuada.
Funciones
El Ente Regulador debe llevar a cabo todas las medidas necesarias para cumplir los objetivos de generación, transporte y distribución de la energía eléctrica. Algunas funciones comunes en diversos países y que se deben adecuar a nuestra idiosincrasia, son los siguientes:
- Proteger los derechos de los usuarios; promover la competitividad en los mercados de producción y demanda de electricidad.
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- Alentar las inversiones para asegurar el suministro de electricidad a corto, mediano y largo plazo.
-Promover la operación, seguridad, confiabilidad, igualdad, eficiencia, libre acceso, indiscriminación y uso generalizado de los servicios e instalación de transporte y distribución de electricidad.
- Regular las actividades de generación, transporte, distribución y comercialización de la energía eléctrica; regular las tarifas que se apliquen a los servicios en forma justa y razonable.
- Alentar la realización de inversiones privadas en el sector dando seguridad a la competitividad.
Su facultad principal sería la de hacer cumplir la ley, su reglamentación y otras disposiciones, como también velar por la prestación de los servicios y los cumplimientos de las obligaciones escritas en los contratos de concesiones.
Dictar normas y procedimientos técnicos, de medición y facturación de los consumos, del control y usos de los medidores, de interrupción y reconexión de los suministros, calidad de servicios prestados; resolver los conflictos que ocurren.
Si el servicio es deficiente, sancionar a los concesionarios el incumplimiento de las normas técnicas y reglamentarias. Suspender temporal o definitivamente las licencias cuando se comprueben faltas graves.
Asesorar técnicamente al Ministerio o Secretaria de Energía y a otros organismos técnicos sobre las tarifas eléctricas.
Por último tenemos el Ente de Comercialización Energética, que especialmente para las interconexiones internacionales, es necesario para mejor aprovechamiento de las hidroeléctricas Itaipú, Yacyretá, Acaray y otras futuras que tienen interconexiones internacionales y pueden realizar a través de ellos transacciones energéticas de exportación e importación.
También debe ser un ente descentralizado para tener libertad de gestión ante los otros organismos internacionales de comercialización, especialmente de los países que podamos comercializar nuestra energía eléctrica.
Para finalizar mi exposición quiero poner énfasis en que las reformas energéticas realizadas en otros países no fueron perfectas y en algunos casos duran varios años con continuos ajustes técnicos y legales; pero sí podemos verificar que los resultados obtenidos fueron de un excelente crecimiento económico, especialmente a través de las inversiones privadas acompañadas de buena generación de empleos, generación de tecnologías modernas y lo más importante, el beneficio de precio y calidad de la energía eléctrica a los usuarios finales.
Como
El ente regulador deberá gozar de plena autonomía y capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado.
Derechos
Proteger derechos de los usuarios; promover la competitividad en los mercados de producción y demanda de electricidad.
(*) Especialista del sector energético. Master en gestión de proyectos internacionales
