En respuesta a mi artículo titulado Acepar y las privatizaciones en nuestro país, publicado el domingo 22 de noviembre, el Dr Víctor Pavón hizo algunos interesantes comentarios.
Aunque concuerdo con algunos puntos de su exposición, con otros disiento. Por tanto, me parece apropiado señalar primero los puntos de coincidencia para luego indicar aquellos en que diferimos.
Concuerdo en que los derechos de propiedad deben ser bien definidos y protegidos jurídicamente, porque son condición necesaria para el funcionamiento de la economía de mercado y para el progreso económico. Pero la protección no debe limitarse a la propiedad privada, sino que debe extenderse a los bienes de propiedad pública, cuyos dueños son colectivamente todos y cada uno de los ciudadanos. Actualmente, en nuestro país, tanto la propiedad privada como la estatal están mal protegidas. La primera se ve amenazada por invasores profesionales y la segunda por ciertos políticos y funcionarios que se apoderan ilegalmente de los bienes del Estado o permiten que otros lo hagan. Fue debido al inminente peligro de que el Estado no reciba lo que le corresponde por la venta de Acepar que nos pareció oportuno estimular el debate sobre el tema de las privatizaciones, utilizando el caso de Acepar para señalar la precaria protección a que ha estado sujeta la propiedad estatal.
También concuerdo con el Dr. Pavón que las privatizaciones pueden ser útiles, pero no concuerdo en que la receta es de validez universal. Es innegable que algunas privatizaciones pueden convenir a un país en determinado momento, pero estas no pueden ser indiscriminadas, como lo dice el mismo “En América Latina se hicieron malas privatizaciones que dieron fondos frescos a gobiernos corruptos ...”, que “Las privatizaciones se diseñaron para conformar monopolios privados e igualmente para los grandes negociados entre los políticos de turno y seudoempresarios” Seguramente tenía en mente, por sobre todo, la experiencia de la Argentina al hacer estas afirmaciones.
Seguidamente nos dice que las privatizaciones transparentes, con apertura de mercado, fueron exitosas en varios países y cita como ejemplo la realizada por Margaret Thatcher en el Reino Unido, pero se olvida que el grado de desarrollo del mercado y del empresariado británico es muy distinto al de los países de América Latina y que en ese país los derechos de propiedad, tanto estatal como privada, están bien establecidos desde hace siglos. Además el ingreso per cápita y poder adquisitivo de la población británica es sumamente elevado y el ciudadano común tenía capacidad para comprar las acciones de las empresas privatizadas. También hay que resaltar otra diferencia importante, la bolsa de valores de Londres es una de las más antiguas y más desarrolladas del mundo. En efecto, Londres era hasta la Primera Guerra Mundial el principal centro financiero del mundo. Estas condiciones no existían en nuestro país y mi artículo se refería a Acepar y las otras privatizaciones realizadas por los dos primeros gobiernos democráticos.
La mención de Hayek con respecto a la pérdida de libertad individual como resultado de la participación del Estado en la economía solo era para indicar que la aseveración de Hayek fue sometida al contrastamiento empírico por Samuelson, quien concluyó que la misma no se confirmaba. Lo cual parece indicar la vulnerabilidad al análisis empírico de la ortodoxia liberal.
En cuanto al Teorema de Coase citado por el Dr. Pavón, la validez del mismo, como el de prácticamente todos los enunciados de las ciencias económicas, están sujetos a ciertos supuestos o condiciones que se deben dar para su validez. Si las condiciones no se dan, los enunciados pierden validez.
En el caso del Teorema de Coase, tres son las condiciones 1) que los derechos de propiedad estén claramente establecidos, 2) que el número de personas involucradas sea pequeño y 3) que los costos de negociación sean bajos. Solo si se dan los tres supuestos la intervención estatal es innecesaria. Pero en el caso de las privatizaciones, una de las partes la constituye toda la ciudadanía. Por tanto la segunda condición no se da. También es cuestionable si la primera condición en realidad se cumple en nuestro país.
Con respecto a la teoría de Gary Becker, premio Nobel en economía, mencionada por el Dr. Pavón, cabe mencionar que aunque la misma se basa en la elección racional de cada individuo, la misma deriva resultados aplicables a las políticas públicas. En este sentido, es importante citar su teoría del capital humano, que destaca la importancia de la inversión en educación y salud como importantes factores del crecimiento económico. Pero Becker no receta la disminución del papel del Estado en estos campos, al contrario, afirma que la medida en que el capital humano se desarrolla depende de políticas públicas que financian la educación y la investigación. Asimismo, declara que el comportamiento de las personas no es independiente de su cultura, de sus experiencias pasadas, del nivel del ingreso y de las oportunidades de trabajo que ofrece la economía. A continuación citamos textualmente las palabras de Becker, extraídas de su Conferencia Nobel de diciembre de 1992.
El comportamiento que toma en cuenta las consecuencias futuras, sin embargo, puede estar arraigado en el pasado, puesto que el pasado proyecta una larga sombra sobre las actitudes y valores. Las acciones están limitadas por el ingreso, el tiempo, la memoria imperfecta y capacidad de cálculo y otros recursos limitados, y también por las oportunidades presentes en la economía. Dichas oportunidades, en gran medida, están determinadas por las actividades privadas y colectivas de otras personas y organizaciones. Diferentes limitaciones son decisivas en diferentes situaciones.
Es evidente que la teoría de Becker no es absoluta, sino relativa y acepta que su aplicabilidad esta condicionada por los rasgos culturales y grado de desarrollo, nivel de ingreso y otra características peculiares de cada país.
Son este tipo de consideraciones las que habían estado ausentes al considerar los beneficios que se esperaba derivar de la privatización de Acepar. Uno de esos beneficios habría sido la amplia difusión de la propiedad mediante la transferencia de acciones a trabajadores y proveedores de la acería. Sin embargo, parece que no se tuvo en cuenta el modus operandi de nuestros empresarios y de los empleados y sindicatos. Así en lugar de lograrse la distribución de la propiedad entre muchos dueños, la propiedad terminó concentrada en manos de un solo propietario. Y actualmente surgen cuestionamientos con respecto al cumplimiento de las condiciones de la venta así como de la valuación del ente después del laudo arbitral.