El acto cooperativo

Este artículo tiene 10 años de antigüedad
Imagen sin descripción

Una cooperativa se crea por personas que ponen en común recursos y esfuerzos que los ayuden a mejorar su condición de vida mediante un trabajo solidario sin ánimo de obtener ganancias.

Las acciones que llevan adelante los asociados entre sí en el trabajo en sus cooperativas es lo que denominamos acto cooperativo. Este no se hace con el fin de obtener lucro o ganancias, sino con el objetivo de poner a disposición de todos alternativas que ayuden a mejorar las condiciones socioeconómicas de los asociados.

El acto cooperativo es lo que hace a las entidades cooperativas diferente del resto de las empresas que operan en el mercado. Es fundamentalmente un acto de servicio.

La ley de cooperativas de nuestro país define el acto cooperativo como «la actividad solidaria, de ayuda mutua y sin fines de lucro de personas que se asocian para satisfacer necesidades comunes o fomentar el desarrollo».

Al formar la cooperativa, los asociados ponen en común recursos para que sean aprovechados, a su vez, por los mismos asociados, no con el fin de obtener ganancias por la utilización de esos recursos, sino para que sean utilizados por los que necesitan de ellos.

Cuando crearon la cooperativa, los asociados determinaron qué servicios serían brindados por la entidad, cuánto aportaría cada socio, cuáles podrían ser los costos adicionales, los que junto con los costos de operación de la cooperativa determinan el precio final del servicio. Ese precio es abonado por aquel que use los servicios, lo que permite a su vez a la cooperativa seguir funcionando. Como se ve, no hay objetivo de obtener ganancias con el servicio prestado, sino que los asociados puedan obtenerlo en condiciones accesibles. Por eso es considerado un acto cooperativo.

En la cooperativa no existe la intención de vender el producto o servicio a los asociados al mejor precio que se pueda, y lucrar con la diferencia entre precio de costo y precio de venta, como ocurre en una empresa comercial. Son los mismos dueños de la empresa, los asociados, quienes establecen condiciones favorables para que todos puedan acceder al servicio.

De la misma manera, debe entenderse que operar con la cooperativa es un acto voluntario en el que los asociados desean servir a los demás. Y a la vez igualitario porque todos en la organización tienen iguales posibilidades de acceder a los servicios.

La ley de cooperativas también reconoce la asamblea de fundación y las operaciones entre las cooperativas como actos cooperativos. Estos actos, que hacen a la esencia del cooperativismo, deben ser protegidos y estimulados con el fin de que una mayor parte de la población pueda mejorar sus condiciones de vida mediante el trabajo de las empresas solidarias.

Fuente

Referencias. Ley 438 de Cooperativas.

Pastorino Roberto Jorge.(1993). Teoría general del acto cooperativo. Intercoop Editora Cooperativa. Buenos Aires.