La CIDH plantea al Gobierno paraguayo que Ríos Ávalos sea restituido en la Corte Suprema o en todo caso sea indemnizado. El canciller Antonio Rivas Palacios indicó que por las “varias situaciones complicadas” que generaría admitir las sugerencias de la CIDH, el Estado paraguayo las rechazará. Sin embargo, aclaró que no se tomó aún una decisión y que están analizando con otras instituciones el caso.
Al finalizar el encuentro en la Cancillería, el 26 de agosto pasado, el ministro de Relaciones Exteriores informó que la reunión tuvo el objetivo de analizar el procedimiento a seguir en el caso Bonifacio Ríos Ávalos, presentado ante la CIDH.
“Analizamos con ellos y el equipo de Cancillería los pasos a seguir en este caso”, dijo el ministro de RR.EE., y manifestó que la CIDH estableció algunas recomendaciones que deberán ser contestadas en setiembre próximo, conforme al resultado de esta reunión sobre la aceptación o no de las mismas.
“En el caso del Estado paraguayo no se aceptaría la recomendación de la Comisión, porque generaría varias situaciones complicadas, por lo tanto se estarían rechazando las recomendaciones planteadas, criterio que predominó en esta reunión”, remarcó el canciller.
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Al encuentro en el Ministerio de Relaciones Exteriores, asistieron el presidente de la Corte Suprema, doctor Eugenio Jiménez, y representantes de las comisiones de Derechos Humanos del Senado y de Diputados. El Gobierno paraguayo tiene tiempo hasta este viernes 6 de setiembre para presentar su respuesta a la CIDH. El proceso puede pasar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Bonifacio Ríos Ávalos y Carlos Fernández Gadea (Fallecido), fueron destituidos de la Corte el 12 de diciembre de 2003 por juicio político. Denunciaron la violación de sus garantías procesales y protección judicial, alegatos que fueron admitidos por la CIDH, no así el reclamo de la violación de su protección a la honra.
En el mismo mes de diciembre, Ríos y Fernández Gadea recurrieron ante la Corte contra su destitución.
La acción de inconstitucionalidad promovida por Ríos fue contra la Resolución Nº 122 dictada por el Parlamento, que reglamentó el procedimiento para el juicio político (ante la ausencia de una ley reglamentaria).
El 30 de diciembre de 2009, la Sala Constitucional de la Corte anuló la resolución dictada por la Cámara de Senadores en diciembre del 2003, mediante la cual fueron destituidos los ministros. Los magistrados que firmaron dicha sentencia –Juan Francisco Recalde, Meneleo Insfrán y Florencio Pedro Almada– fueron destituidos por el Jurado de Enjuiciamiento.
Por otro lado, a través de la resolución Nº 2.382 del 5 de enero de 2010, los ministros de la Corte Antonio Fretes, Raúl Torres Kirmser, Víctor Núñez, Sindulfo Blanco y César Garay argumentaron luego que Recalde, Insfrán y Almada no observaron el orden jurídico de la República.
Posteriormente se presentaron dos aclaratorias con relación al fallo. Una, por la defensa de Ríos, respecto a las costas del juicio, y la otra, por el fiscal general del Estado, que pidió que se aclare cómo se daría cumplimiento a la resolución.
Ambas aclaratorias siguen pendientes de resolución, debido a que no se ha integrado aún la sala que resolverá la cuestión, pues solo están confirmados los camaristas Arnaldo Martínez Prieto y Cristóbal Sánchez.
Como antecedente citamos el caso del camarista Agustín Lovera Cañete, quien presentó acción de inconstitucionalidad contra el veto del entonces presidente Fernando Lugo a su designación como miembro de la Corte, en el 2009, por falta de fundamento del rechazo.
La acción promovida por el camarista Agustín Lovera Cañete contra el veto del Ejecutivo no es el único reclamo por un lugar en la máxima instancia judicial. La del exministro Bonifacio Ríos Ávalos contra su destitución también está pediente de conclusión.
Por Decreto Nº 8.316/95, del 3 de abril de 1995, el presidente de la República, Ing. Juan Carlos Wasmosy, nombró al colorado Carlos Fernández Gadea como miembro de la Corte Suprema de Justicia. En 1998 fallece el Dr. Óscar Paciello, reemplazado al año siguiente por el Dr. Bonifacio Ríos, hasta entonces camarista en lo civil y comercial.
El Prof. Dr. Ríos Ávalos es el actual secretario de la Academia Paraguaya de Derecho y Ciencias Sociales. Fue ministro de la Corte, es titular de las cátedras de Derecho Civil (Obligaciones) y Derecho Comercial II (Derecho Bancario) de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Asunción.
CIDH admitió en el 2009, pero rechazaron solución amistosa
El expresidente de la Corte Suprema de Justicia Bonifacio Ríos Ávalos y su colega Carlos Fernández Gadea (fallecido), habían radicado la demanda en abril del 2004 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), alegando supuesto atentado contra la independencia del Poder Judicial.
La denuncia fue admitida en marzo de 2009, y la CIDH había recomendado una solución amistosa, con la reposición en el cargo, a más del pago de los salarios caídos, más los costos y costas del litigio.
De acuerdo con los datos oficiales de la CIDH, el peticionario denuncia que en el año 2003 “en el Paraguay se produjo el avasallamiento del Poder Judicial, ruptura del equilibrio entre los tres poderes del Estado, falta de garantía judicial, del debido proceso, tribunal independiente e imparcial, hostigamiento personal y familiar, componendas políticas y distribución ilícita de cargos judiciales en contraposición de la independencia del Poder Judicial”.
El peticionario añade que el 6 de septiembre de 2003, que el entonces presidente de la República, Nicanor Duarte Frutos, declaró públicamente que “pulverizará el Poder Judicial”. “Con posterioridad, afirma el peticionario, los senadores y líderes políticos habrían comenzado a buscar causales de juicio político para aquellos ministros cuya remoción ya había sido decidida previamente. A tal efecto, se habría habilitado un buzón para recepcionar denuncias contra los ministros de la Corte. Ante la falta de denuncias, asegura el peticionario que habrían rebuscado en sentencias de la Corte para poder fundamentar una acusación contenida en 20 puntos con el objeto de motivar la decisión de separar a los ministros de sus cargos e instalar en sus puestos a representantes de los políticos de turno”, refiere el documento de la Comisión Interamericana.
En el 2009, el Paraguay rechazó esa solución. Ahora, tras diez años, la CIDH realizó su informe de fondo, donde encontró –según entiende– que existe violación de la independencia del Poder Judicial. Con ello, en su recomendación, señala también que se debe reponer en el cargo al exministro de la Corte, el pago de los salarios caídos, costos y costas del juicio, o en su caso, abonar una indemnización.
Entre otras cosas, también recomienda la modificación del reglamento interno para los juicios políticos, teniendo en cuenta las violaciones a garantías del debido proceso.
No existen casos en que se revió una decisión política
El senador Sergio Godoy (ANR, cartista) opinó en su momento que no hay realmente antecedentes de que tras una decisión política, incluyendo el juicio a miembros de la Corte Suprema de Justicia que terminaron en destitución, se haya revertido por una decisión judicial.
El legislador inclusive sostuvo que está el caso de los exministros de la Corte Bonifacio Ríos Ávalos y Carlos Fernández Gadea (fallecido), destituidos por juicio político, que llegó a instancias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que ordenó la restitución de ambos, pero no se cumplió.
Godoy insistió en que eventualmente un fallo favorable de la Corte Interamericana de Derechos humanos (Corte IDH) en un caso de destitución política permitiría al afectado una reparación económica, como el pago de salarios caídos, en caso que corresponda.
El senador colorado dijo también que en caso de que la Corte informe a la Cámara Alta, posiblemente se pedirá un dictamen jurídico o si lo decide la plenaria, podría haber una consulta a las comisiones asesoras que las decisiones políticas, como la de pérdida de investidura, de ser declaradas inconstitucionales, el efecto que tendrían sería el de reparación económica. Señaló que muy difícilmente haya una reparación política, en el sentido de que se le devuelva el cargo.
El senador Víctor Ríos (PLRA, efrainista) sostuvo que aquellos que defienden la intromisión del Senado utilizan una “dialéctica chae” que pretende justificar la falta de garantías constitucionales por ignorancia. Citó como ejemplo el caso del exministro de la Corte Bonifacio Ríos Ávalos, quien denunció al Estado ante la CIDH.
Ríos manifestó que el juicio político generará demandas internacionales contra el Paraguay y que será la ciudadanía la que pague este error.
Los antecedentes de la destitución, como mencionamos, datan en el 2003. En aquella ocasión se produjo una crisis entre los poderes del Estado, a partir de que el presidente de entonces, Nicanor Duarte Frutos, consiguió una alianza para cambiar a los ministros de la Corte Suprema de Justicia.
Nicanor logró un acuerdo político entre los partidos con representación parlamentaria y se inició el proceso de destitución de los altos magistrados, por la vía del juicio político. En campaña prometió pulverizar la Corte.
