La Ley N° 222 “Orgánica de la Policía Nacional” se encuentra vigente desde el año 1.993 y con ella se establecieron todas las competencias, estructura organizacional y la modalidad de trabajo para los uniformados. Sin embargo, hace tres años se realizó una modificación a la misma a través de la Ley 5757 de 2016, con la que ya se introducían más especialidades, otras características para los ascensos y el aspecto disciplinario, entre otros puntos destacados.
Con la normativa vigente desde el 8 de diciembre de 2016, “se da un primer paso en la especialización y profesionalización policial, es decir, se abrió el campo de profesión o especialización policial”, declaró el Dr. Humberto Insfrán, director General de Planeamiento y Control del Ministerio del Interior.
Agregan una especialidad
Ya hablando de lo que viene a ser la propuesta que se impulsa desde la cartera del Ejecutivo, “se está incluyendo la especialidad de ‘inteligencia’”, pero porqué es fundamental esta nueva especialidad y es “básicamente porque la dependencia es la que va a ayudar, tanto al proceso de la prevención como al proceso de la investigación, con el insumo de información de las distintas fuentes que existen y pueden ser motivos o fuentes de delitos y violencia”, señaló Humberto Insfrán.
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Eso es el primer punto. Implica “trabajar como trabajan la mayoría de las policías del mundo”, según manifestó Insfrán, quien añadió que no es que la policía paraguaya no esté trabajando de esa forma, pero con la nueva ley se dará una estructura.
Los pilares
En otro momento el doctor Insfrán subrayó que son tres las áreas que se modifican en la estructura legal de la Ley 222 y la Ley 5757: “En primer lugar, el proceso de la carrera policial; el segundo que es el aspecto disciplinario y el tercero, el aspecto de la organización y funcionamiento institucional de la policía”.
En cuanto a la carrera policial, se introducirán modificaciones relacionadas al proceso de ingreso al cuerpo formal de la Policía, “en el sentido de elevar los estándares de admisión, que si bien cada año, hay que reconocer que Isepol está trabajando en esos procesos, pero ahora van a tener ese acompañamiento estructural”, expuso el director general de planeamiento.
Aspecto psicológico
Sobre la cuestión del perfil psicológico, Insfrán señaló que “se hace una diferenciación, pues anteriormente se hablaba de los aspectos psicofísicos y ahora se hace una diferenciación desde el punto de vista psicológico, tanto psíquico como físico”, para una mejor evaluación del virtual agente policial en su ingreso y formación.
Ascensos
La cuestión psicológica del agente también incide en su ascenso, pues “estamos hablando de una formalización inicial con mayor razón, formalizaciones futuras dentro del proceso de ascenso dentro de la carrera policial”, dijo Insfrán.
En cuanto a otros aspectos para los ascensos de los oficiales habló de la importancia de los plazos y méritos , “porque actualmente qué es lo que te promueve la ley, tiempos máximos, es decir, uno llega a un nivel y ya tiene que ascender, por antigüedad; ahora lo que se propone son tiempos mínimos, en el sentido de llegado a ese nivel, ascienden aquellos que han logrado esquematizar esos estándares”, apuntó el director general.
Sin embargo, “aquellos que no logren ascender, permanecerán en el grado y no es que van a empezar a cobrar el grado superior inmediato, entonces con eso también hay una formalización de la estructura. Entonces esto también tiene que ver con la carrera policial”, puntualizó el director ministerial.
Polígrafo
También se incorpora la cuestión del polígrafo o las pruebas de confiabilidad para los ascensos, pero esto no significa que todos irán a ser verificados, “si no que se pueden hacer por distintos niveles, por exámenes, foja de servicio o por una indagación específica”, explicó Insfrán.
Agregó que todo ese procedimiento de verificación para los ascensos de los oficiales “se propone porque la estructura de la poligrafía tiene su costo y por eso se optó poner confiabilidad o polígrafo, que no es el caso para los directores generales donde ellos sí pasan por polígrafo, necesariamente”.
Cambios en las leyes 222/93 y 5757/16 de la Policía
- Lo que se pretende desde el Ministerio del Interior consiste en la modificación de un total de 43 artículos, así como la derogación de dos artículos y la creación de otros tres.
- Los tres nuevos artículos dentro de las modificaciones tratan de la “evaluación del desempeño personal policial”, “política de administración del personal policial” y “tiempos mínimos (no máximos) de servicio en cada grado.
ariel.espinoza@abc.com.py
