Fiscales solicitan juicio oral para extitular del Indert

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La Fiscalía Anticorrupción acusó y exigió juicio oral para el expresidente del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) Ignacio Luis Ortigoza y otras trece personas por el “hecho punible de lesión de confianza”. Es con relación a la venta irregular de 13 inmuebles que totalizan 52.000 hectáreas y que se encuentran uno al lado del otro en el norte del territorio del Chaco, cerca de la frontera con Bolivia. El escrito de la acusación fue presentado por el fiscal René Fernández y la fiscala Silvia Cabrera, quienes afirmaron que los acusados causaron un perjuicio patrimonial de G. 15.381.715.000

Además de Ortigoza, los otros acusados son otras trece personas cuyos datos personales pueden apreciarse en el cuadro infográfico que acompaña al presente artículo en la página 7 de esta publicación. Ortigoza soporta varios otros procesos, entre ellos el pago irregular de G. 47.000 millones a la firma San Agustín, por 5.000 hectáreas en Cordillera.

Todos los acusados deben ir a juicio oral, porque las evidencias indican que perpetraron hechos punibles que tienen sanciones penales, indica el escrito de la acusación que lleva las firmas de la fiscala Silvia Cabrera y su colega René Fernández.

En el escrito, los agentes del Ministerio Público dicen que según las pruebas encontradas, en noviembre y diciembre del 2012, Ortigoza autorizó, vía resoluciones presidenciales, la percepción de sumas de dinero inferiores a los precios vigentes al momento de la realización de los trámites de adjudicación y titulación de inmuebles.

Esos inmuebles fueron adjudicados en forma irregular a 13 personas que también figuran como cómplices del hecho punible.

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Las tierras están ubicadas en la colonia Mayor Pablo Lagerenza, distrito de Bahía Negra, Alto Paraguay.

“El acusado Ignacio Luis Ortigoza Samudio ha realizado actos de disposición lesivos al patrimonio del Indert, vinculados con la adjudicación y venta de inmuebles que formaban parte del patrimonio de la entidad”, dice el escrito de la acusación de los fiscales.

Sigue manifestando que “el acto de disposición realizado por el acusado Ignacio Luis Ortigoza Samudio consistió en la autorización, vía resoluciones presidenciales, de la percepción de sumas de dinero inferiores a los precios vigentes al momento de la realización de los trámites de adjudicación y titulación de inmuebles”, a favor de las trece personas cuyos nombres y datos se publican en el mencionado cuadro infográfico.

“El abogado Ignacio Luis Ortigoza Samudio en su carácter de presidente del Indert en los meses de noviembre y diciembre del año 2012, por resoluciones de presidencia resolvió la exclusión de 13 lotes solicitados en expedientes administrativos, ubicados en la Colonia Mayor Pablo Lagerenza, distrito de Mayor Pablo Lagerenza del departamento de Alto Paraguay, de los alcances de las Resoluciones P. N° 2218/09 y 3186/09, que fija los nuevos precios por hectárea quedando establecido que el precio a ser aplicado a los 13 lotes, es el anterior a dichas normativas, es decir, a G. 30.000 por hectárea”, dice parte de la acusación.

Agrega que las ventas irregulares beneficiaron a: 1) Enriqueta Guerreros de González, 2) Hermes Barrios Gaona, 3) Mirtha Graciela Díaz de Palacios, 4) Elvio Aurelio Araújo Florentín, 5) Martín López Agüero, 6) Silo Guerrero Acosta, 7) Mirta Lourde Araújo Armoa, 8) Antenor Dionicio González, 9) Alfredo González Ramírez, 10) Ide Joel González Ramírez, 11) Lino Marín Brizuela 12) Bernardino Benítez González, 13) Anselmo Benítez González”.

Sostiene que “como consecuencia de dichas exclusiones el Indert sufrió un perjuicio patrimonial de G. 15.381.715.000.

Caso consumado

Los fiscales enfatizan que ante los hechos investigados “estamos ante un caso consumado de lesión de confianza, teniendo en cuenta que el Indert culminó el proceso administrativo y emitió los títulos de propiedad a favor de los adjudicatarios, y si bien la instancia de registración no culminó, tal acto no tiene efecto constitutivo ni suspensivo respecto al derecho de propiedad de los adjudicatarios, sino es simplemente registral, a los efectos de su oposición a terceros, por lo tanto, los titulares tienen el derecho de exigir judicialmente inclusive si fuera necesario, la inscripción de dichos títulos; y a su vez, el Indert ya no puede disponer administrativamente de dichos inmuebles”.

“Si bien el hecho punible de lesión de confianza no requiere ni como elemento de la tipicidad objetiva, ni como una finalidad especial de la conducta, el enriquecimiento indebido del autor o un tercero, el Ministerio Público sostiene que existió un concierto de voluntades por parte de los acusados, para la obtención de un beneficio patrimonial a costa del perjuicio causado al Indert”, enfatiza el escrito de acusación.

Subraya que “Luis Ortigoza Samudio, además de ser representante legal, ejercer la administración del Indert como ordenador de gastos y demás circunstancias de su conducta, consideramos que tenía conocimiento como seguro de los elementos de la tipicidad objetiva y anhelaba realizarlos, por tanto actuó con dolo directo de primer grado”.

“Los imputados conocían la antijuridicidad de sus conductas, y fueron capaces de determinarse conforme a esa noción: son ciudadanos mayores, integrados al conocimiento medio de cualquier persona que forma parte de la República, no sufren ningún tipo de trastorno mental y ni consta que hayan actuado bajo la influencia de sustancias estupefacientes, alcohólicas, etc., de manera que está descartada la existencia de un error inevitable ni evitable acerca de la antijuridicidad de sus conductas. Por estas consideraciones, se deduce que los acusados tenían la más irrestricta posibilidad de determinarse conforme a la norma y no lo hicieron, por lo que su conducta también es reprochable”, remarca.

eruizdiaz@abc.com.py