Imputan a extitular de Petropar por perjuicio de G. 12.000 millones

Este artículo tiene 11 años de antigüedad
/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2425

El expresidente de Petropar Sergio Escobar fue imputado por lesión de confianza. La fiscala Victoria Acuña solicitó su procesamiento por un perjuicio patrimonial de 12.000 millones de guaraníes, mediante la compra de equipos para la electrificación de molinos para la planta de Petropar en Mauricio José Troche. La obra nunca se realizó. Michael Azuaga Ramírez, de la firma MGA Construcciones, también está involucrado. A continuación se transcribe la imputación.

El 26 de diciembre de 2012, por Resolución 1440, se llamó a Licitación Pública por Subasta a la Baja Electrónica Nº 06/13 para la “Provisión, Instalación y Puesta en marcha de equipos de electrificación de Molinos para la Planta de Petropar en Mauricio José Troche”. Se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación y se dispone que se proceda a la publicación conforme a lo establecido en la Ley.

Como consecuencia de la adjudicación, conforme a la Resolución PRE 434/13, del 13 de marzo de 2013, se celebró el Contrato PRE N° 232/2013, el cual fue firmado por el presidente de Petróleos Paraguayos-Petropar, Lic. Sergio Escobar Amarilla, y la contratista MGA Consultora, representada por Michael Azuaga, con vigencia de 180 días a partir de la firma del contrato.

En dicho contrato se estableció el precio de G. 24.000.000.000, incluido IVA, en concepto de pago total por la provisión, instalación y puesta en marcha de equipos de electrificación de Molinos para la Planta de Petropar, en Mauricio José Troche, modalidad llave en mano, correspondiente al ID Nº 248.717 del Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2013.

En el mismo documento se estableció que la administración del contrato estará a cargo de la Gerencia de Planta Mauricio José Troche, en ese entonces a cargo del gerente de Planta Industrial, Lic. Leoncio Saúl González.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

El 25 de marzo de 2013, Escobar, en su carácter de presidente de Petropar, firmó la Adenda Nº 1 al Contrato PRE 232/13, en el que se modificó la cláusula vigésimo primera “condición de pago”. Se incorporó el pago Anticipado del 30% del valor total del contrato.

El 23 de marzo de 2013, Petropar pagó a la firma MGA Consultora, de Michael Azuaga, como anticipo la suma G. 7.200.000.000, equivalente al 30% del valor total del contrato. Para ello libró Cheque Nº 650125, Cta. Cte. 001076777/001, cargo Banco HSBC, por la suma de G. 6.841.069.090, a la orden de Michael Azuaga, el cual fue depositado en la Cta. Cte. Nº 34073548003, realizándose la cancelación de la factura N° 001.002.000080 a la firma MGA Constructora.

El 4 de abril de 2013, se dio por iniciada la obra en presencia del fiscal de obra por Petropar, Ing. Derlis Centurión, y por la Contratista MGA Constructora, el Sr. Michael Azuaga. En el mismo acto se hizo la entrega del sitio de obra.

El 08 de abril de 2013, el Abog. Carlos Daniel Esquivel Isnardi, Jefe de la Unidad Operativa de Contratación, por Memorándum UOC Nº 085/2013 remitido a la Secretaría General, solicita la suscripción de la Adenda Nº 2 al Contrato PRE 232/2013. Propuso las modificaciones; y en esa misma fecha el Lic. Sergio Escobar firmó la Adenda Nº 2 al Contrato PRE 232/13, la cual se modifica la cláusula vigésimo primera, condición de pago, al 50% en concepto de Anticipo de pago del valor total del contrato.

Posteriormente, el 17 de abril de 2013, Petropar realizó un segundo pago, como anticipo a la firma, de la suma de G. 4.800.000.000, equivalente al 20% del valor total del contrato. Igualmente, libro Cheque Nº 3705741, Cta. Cte. 0.0470004/9, cargo Banco Itaú, por la suma de G.. 4.564.712.727, a la orden de Michael Azuaga, el cual fue depositado en la Cta. Cte. 70003083/5, con lo que se canceló la factura Nº 001.0022000083 por dicho monto.

El 6 de agosto de 2013, Petropar recepcionó los equipos consistentes en dos motores y cuatro tableros electrónicos, no así los reductores correspondientes a la Parte 1 del contrato.

Sin embargo, el contratista MGA, el 13 de agosto de 2013, solicitó nuevamente el pago del 30%, emitiendo las siguientes facturas: Nº 001-002-000002, G. 1.200.000.000, por la Provisión correspondiente a la Parte 1 del Contrato PRE 232/13, ya que se ha dado cumplimiento al contrato con la visita para verificación por técnicos de Petropar; la factura Nº 001-002-000004, por G. 2.400.000.000, por la Provisión de equipos correspondiente a la Parte 1 del Contrato PRE Nº 232/13, pago que debe ser realizado con el embarque efectivo de los equipos verificados por técnicos de Petropar; factura Nº 001-002-000005, de G. 400.000.000, por la provisión de equipos listo para su montaje de la Parte 1 del Contrato PRE Nº 232/13.

El 2 de setiembre de 2013, la Constructora MGA solicita a Petropar, la prórroga de la vigencia del contrato y que se amplíe hasta diciembre de 2013, reiterando dicho pedido en fechas 6 y 9 de setiembre de 2013.

Por Resolución PR Nº 245, del 07 de octubre de 2013, el nuevo presidente de Petróleos Paraguayos, Fleming Duarte, resolvió disponer la rescisión del Contrato PRE 232/13 con la firma unipersonal MGA Constructora de Michael Humberto Azuaga Ramírez, para la “Provisión e Instalación y puesta en marcha de Equipos de Electrificación de Molinos para la Planta de Petropar en Mauricio José Troche”.

En dicha resolución se concluye: “… que el proveedor no ha cumplido en su plenitud con lo comprometido dentro del plazo y tiempo contractual; de igual manera no fue justificado por el proveedor, no obstante haber sido requerido para ello, la debida inversión de los anticipos recibidos (art. 39 inc. b de la Ley 2051/2003), todo lo cual justifica la determinación de rescindir administrativamente el presente contrato, con la finalidad de salvaguardar los derechos de Petropar y por ende del Estado paraguayo…”, según la imputación fiscal.