De acuerdo con el informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, respirar es prácticamente lo único que se puede hacer en forma gratuita en el penal. Para todo lo demás hay un precio. Los costos son cobrados directamente por los guardias o por los capataces por ellos asignados a cada pabellón.
“En este sistema, son los propios internos los encargados de aplicar los castigos disciplinarios, de fijar y cobrar precios ilegítimos que los internos deben pagar por espacios de las celdas y las camas, de cobrar “cuotas” a aquellos que tienen negocios informales dentro de la cárcel, de resolver conflictos de convivencias que se suscitan entre internos, de distribuir y fijar los precios de los alimentos. En definitiva, son los encargados de decidir los aspectos relativos a la administración cotidiana de la penitenciaría”, indica la presentación.
Celdas “vip”
De las entrevistas realizadas a los internos, se pudo conocer que el ingreso a los espacios de privilegio puede costar hasta 8 millones de guaraníes, según la codicia del portero que esté de turno y que tenga a su cargo la ubicación de los internos. Un informante reveló que en 2009, el precio de una celda vip registró un costo extremo de 100.000 dólares.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
“La forma de vida está determinada por la capacidad económica. La población vive en condiciones inhumanas, sea bajo el tinglado o en la baldosería. Quienes pueden pagarlas, acceden a celdas dotadas con baños individuales, aire acondicionado y equipos varios, destinados al confort y al entretenimiento: son las llamadas celdas “vip” a las cuales siguen otras, de menor costo y comodidad”, refiere el informe.
Según los datos, el acceso a una celda común varía entre 100, 300 o 500.000 guaraníes. Una vez ubicado, a la hora del descanso, el recluso que quiera contar con un colchón debe pagar G. 20.000 o si logra contactar con un revendedor, podría pagar G. 10.000 o G. 5.000. Las frazadas cuestan entre G. 15.000 y G. 30.000 y acceder a una sábana también tienen costo.
Para llegar hasta la Sanidad, se paga mil guaraníes por cada portero. El uso de teléfono celular –el cual está prohibido e incluso hay en la zona un dispositivo que supuestamente lo bloquea– se consigue con un pago que varía de 80 a 100.000 guaraníes.
“Hasta la colocación de esposas para las comparecencias a las audiencias en el Palacio de Justicia o en la fiscalía tiene un costo. Si los brazos de un interno son inmovilizados por detrás de su cuerpo y esto le causa molestia, debe abonar G. 5.000. Sacarse las esposas asciende a G. 20.000”, precisa el reporte.
“Alcatraz”, fuera del control
El encierro en “Alcatraz”, celda de aislamiento utilizada para la aplicación de sanciones por causas varias, sirve también como un mecanismo para el chantaje. Según los datos, la derivación de un interno a Alcatraz –conformada por dos celdas con un pestilente hedor derivado de los baños colmadatos– puede ser abortada con el pago de 100.000 guaraníes.
“En conversaciones con internos aislados en Alcatraz, el MNP tuvo conocimiento de que el proceso de castigo no cumple con la normativa jurídica establecida y que constituye una forma de trato cruel, inhumano y degradante. Ningún juez de ejecución controló esas áreas de encierro inhumano y tortura”, señala el informe.
Recomendaciones a operadores del sistema
Tras una extensa exposición de las numerosas situaciones irregulares observadas en la cárcel de Tacumbú, el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura hizo varias recomendaciones a la Corte Suprema de Justicia, al Ministerio de la Defensa Pública, al Ministerio Público y al Poder Legislativo, algunas de las cuales se transcribe a continuación:
A la Corte Suprema de Justicia: “Elaborar una acordada que oriente a la magistratura, en particular a la de garantías, para optimizar la aplicación de las medidas cautelares de coersión personal en el marco de lo estrictamente necesario”.
“El MNP vería oportuno que se aproveche la oportunidad para llamar la atención sobre la necesidad de que el tiempo de la etapa investigativa sea razonable, sobre todo en los casos de flagrancia, en los que no resulta razonable otorgar 6 meses, como se acostumbra. Que en los juzgados penales de garantías deben utilizar la reclusión como última vía, sobre todo en los casos de procesados que presenten adicciones a sustancias o con indicios de trastornos mentales, donde deberán priorizar la sujeción voluntaria a tratamientos de salud en los espacios habilitados para tal efecto”.
Al Ministerio de la Defensa Pública: “Establecer mecanismos de control que aseguren la visita semanal obligatoria de los y las defensores/as públicos a Tacumbú. Examinar l a posibilidad de que el MDP habilite una oficina de información para procesados y condenados en Tacumbú.
Al Ministerio Público:
“Dictar un instructivo general en un plazo no mayor de un mes de notificado este informe, que recuerde a los y las agentes fiscales que conforme a derecho solo podrán requerir prisión preventiva si se encuentra en condiciones de exponer elementos de sospecha suficientes y verificables que vinculen directamente al imputado, además de ofrecer la prueba que existe peligro de fuga y obstrucción de la investigación para formular tal requerimiento, que la violación de este deber constituye mal desempeño de la función fiscal.
Al Poder Legislativo:
“El MNP recuerda al Poder Legislativo la necesidad de que antes de la sanción de leyes que puedan incidir en el aumento de la población penitenciaria, se haga un estudio acabado de sus efectos. Deberán prever los recursos necesarios para que el Estado pueda recluir en condiciones de respeto a la dignidad de los internos/as que ingresen al sistema en virtud a dichas leyes. Asimismo, la necesidad de dar plena vigencia al artículo 19 de la Constitución de la República con toda legislación que se sancione en torno al funcionamiento del sistema penal”.
Solo el 20% tiene condena
El informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura revela que de las 3.834 personas recluidas en el penal de Tacumbú, solo 778 tienen condena. Este número representa el 20% de la población.
El total de internos sin condena representa el 46% del total de internos sin condena de todo el sistema penitenciario nacional.
Al 13 de enero pasado, el 48,1% de los condenados de Tacumbú estaban recluidos por delitos contra la propiedad; el 33,3% por delitos como abuso sexual, violencia familiar, asociación criminal, coacción grave, etc; el 9,9% por homicidio y apenas el 8,5% por la ley penal de drogas prohibidas.
“La mayor proporción corresponde a delitos que derivan de la búsqueda de satisfacción de necesidades económicas. Al parecer, la situación de vulnerabilidad que genera la pobreza es una de las causas principales de encierro en Tacumbú. De hecho, casi el 10% de su población vive en los pasillos sin contar con cama ni lugar donde resguardar sus pertenencias”, señala el documento.
Preocupa situación de “pasilleros”
El informe identifica a los “pasilleros” como grupos que se encuentran en situación de particular vulnerabilidad, al igual que las personas transgénero (26) y los indígenas (11).
Los pasilleros –internos que no cuentan con ningún tipo de alojamiento bajo techo, es decir, no están alojados en ninguno de los pabellones por lo que deambulan con sus pertenencias– totalizan 338, casi el 10% de la población, según un reporte del director de Tacumbú el 18 de setiembre pasado.
“Los delitos que cometen son menores, pero últimamente son capturados con drogas que portan para su consumo y el cargo de tenencia se suma al motivo originario de su aprehensión y procesamiento. Esta situación les limita al beneficio de medidas alternativas a la prisión, ya que las carátulas de sus expedientes cargan con el estigma de tenencia o tráfico para justificar su encierro”, destaca la presentación.
rferre@abc.com.py
