El Dr. Atilio Casco, especialista en medicina del trabajo, expresa que la seguridad en el trabajo es un derecho laboral, que contempla el Código Laboral, la Ley del Seguro Social de IPS y el Reglamento General Técnico Decreto 14390/92.
Señala el doctor que en cada lugar de trabajo donde existe 150 o más trabajadores se deberá tener un servicio de salud ocupacional, conforme al reglamento.
Además acota que la organización es importante para evitar lo que hoy llamamos riesgos del trabajo. En todo lugar existen riesgos, que significa la posibilidad de que se produzca un evento no deseado. “Se contará con andamios resistentes en buen estado, en caso de los trabajadores de la construcción, además el uso de cascos protectores y otros elementos de seguridad ante cualquier caída. Aquellos que trabajan con productos tóxicos deberán tener el uniforme adecuado, usar tapabocas y guantes. Si en el lugar de trabajo existe mucha polución sonora, la empresa deberá proveer a sus empleados protectores para la audición; todos estos elementos son importante para lograr la seguridad laboral”.
El Dr. Casco afirma que los factores que hay que tener en cuenta al iniciar un trabajo son los riesgos, de acuerdo a la actividad económica que posee la empresa. Cada actividad tiene su peligro, “así el que trabaja con productos químicos deberá tener todos los elementos de protección individual para manipular, como guantes o tapabocas, por ejemplo. Incluso se constatará que ese empleado expuesto es apto para ese trabajo”.
Resalta el doctor que las empresas están obligadas a implementar todas las medidas preventivas necesarias y el Art. 48 del Decreto Ley 1860 de IPS contempla que “si el lugar de trabajo no está en condiciones, el empleador deberá entregar al instituto todos los valores que corresponden al trabajador”.
(*) Máster en prevención y protección de riesgos laborales. Presidente de la Sociedad Paraguaya de Medicina del trabajo. Jefe del Departamento de Salud Ocupacional del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
