En la misiva puntualizan que el trabajo está protegido por el artículo 45 de la Constitución Nacional, que sostiene que “al no existir una prohibición expresa para dedicarse a esta actividad económica, la misma debe considerarse obligatoriamente como lícita y, por tanto, habilitada para ser desarrollada por los habitantes de nuestro país”. Además, recuerdan que cuentan con dos amparos constitucionales, uno de diciembre de 2018 y otro julio de 2019, que les respalda para ejercer el trabajo.
Por último, exhortan a las autoridades competentes a tomar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la Constitución Nacional.
Los taxistas de Ciudad del Este comenzaron esta semana a recrudecer las persecuciones en contra de los conductores que prestan servicios a través de plataformas digitales. Ayer fueron retenidos y remitidos ilegalmente al corralón municipal dos vehículos al servicio de las aplicaciones digitales MUV y Uber.
Los taxistas, para tender trampa a los conductores, descargan las app para solicitar el servicio. Luego, retienen los vehículos en forma totalmente arbitraria, usurpando funciones públicas con la complicidad de la Dirección de Tránsito de Municipalidad de Ciudad del Este.
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“En la hipótesis de que algún chofer (de MUV) estuviese violentando alguna norma, no son los taxistas los que pueden retener a las personas como si fueran autoridades policiales”, cuestionó Marcelo Duarte, asesor jurídico de MUV, en conversación con ABC Cardinal.
