En un comunicado, la Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL) justificó esa sanción porque American Express no había respetado la disposición legal que impide recopilar datos del internauta sin su consentimiento.
En concreto, le reprocha haber activado los marcadores que permiten trazar a los que se conectan a su web francesa sin disponer de su consentimiento o pese a la negativa de los internautas, así como haber seguido leyendo los marcadores activados aunque se retirara el consentimiento más adelante.
El objetivo de esos marcadores es proponer publicidad adaptada y eso aprovechando las informaciones recopiladas sobre las personas que navegan en su sitio internet.
La CNIL puso el acento en que esas reglas son conocidas ya que existen desde hace tiempo, han sido objeto de una amplia difusión y además la empresa estadounidense había tenido que ajustarse a la conformidad durante el procedimiento.
