La Ley 32107 contempla la prescripción de estos delitos si fueron cometidos antes de la ratificación por parte de Perú del Estatuto de Roma y otros instrumentos legales sobre derechos humanos, lo que en la práctica impediría procesar aquellos anteriores a 2002, lo que según los expertos incumpliría el derecho internacional.
"Como norma imperativa vinculante para todos los Estados, la prohibición de la prescripción para los crímenes de lesa humanidad no depende de la ratificación de tratados", afirmaron en un comunicado conjunto.
Agregaron que Perú está obligado por las normas del derecho internacional general y por sus compromisos internacionales, por lo que interpretaciones internas "no pueden prevalecer sobre normas diseñadas para proteger a la humanidad de los peores crímenes".
Firman el comunicado el relator especial sobre justicia y reparación (Bernard Duhaime), ejecuciones extrajudiciales (Morris Tidball-Binz) e independencia judicial (Margaret Satterthwaite), además del grupo de trabajo de la ONU sobre desapariciones forzadas.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Hace dos semanas el Tribunal Constitucional de Perú ratificó la controvertida ley, aprobada por el Congreso el año pasado, denegando la petición de inconstitucionalidad del Ministerio Público y el Colegio de Abogados de Lima.
Con anterioridad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos pidió a las autoridades peruanas no aprobarla al considerar que viola las obligaciones del país según el derecho internacional.
La ley fue promovida por grupos parlamentarios afines al expresidente Alberto Fujimori y una bancada formada por exmandos de las Fuerzas Armadas.
Al impedir procesamientos por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra ocurridos antes de 2002, excluye el periodo del conflicto armado interno (1980-2000) que causó más de 69.000 muertos.
