El Ejecutivo comunitario da a España y el resto de países expedientados por este motivo dos meses para que le comuniquen qué medidas tomarán para transponer las correspondientes directivas so pena, si no lo hacen, de avanzar en un procedimiento de infracción que en última instancia le permite llevarlos ante el Tribunal de Justicia de la UE y pedir que se les sancione.
Por un lado, Bruselas ha abierto expediente a España y Austria por haber incorporado incorrectamente a nivel nacional ciertas partes de la Directiva sobre créditos hipotecarios, adoptada en 2014, que regula la actividad de los proveedores este tipo de préstamos en la UE y la protección de los consumidores que los suscriben.
Entre otros aspectos, la normativa permite que entidades autorizadas en un Estado miembro puedan operar en el resto de los Veintisiete y estipula que, en ese caso, la supervisión queda en manos del país de origen de la empresa, limitando las competencias de los supervisores nacionales.
En este sentido, Bruselas explica en un comunicado que España no ha transpuesto correctamente las disposiciones que permiten que los acreedores de todos los Estados miembros utilicen las bases de datos del resto para evaluar la solvencia crediticia de los consumidores.
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Por otra parte, la Comisión Europea ha abierto un expediente al país y a otros 22 socios de la UE (todos menos Italia, Dinamarca, Hungría y Eslovaquia) por no haber aplicado a nivel nacional la nueva Directiva sobre contratos de crédito al consumo, que se aprobó en 2023 para tener en cuenta los cambios que ha traído la digitalización al mercado y reforzar la transparencia en este tipo de transacciones.
Esta norma "busca reforzar la protección del consumidor en el mercado de créditos, asegurando transparencia y la justicia en las transacciones crediticias", subrayó el Ejecutivo comunitario en un comunicado en el que recordó que los países tenían hasta el pasado 20 de noviembre de 2025 para transponer la normativa.
En este mismo área, Bruselas ha abierto también expediente a España por no incorporar plenamente al ordenamiento jurídico doméstico la Directiva sobre contratos de servicios financieros a distancia, que regula las transacciones de este tipo que se producen a través de Internet o por teléfono para mejorar la protección a los usuarios.
Entre otras medidas, la normativa, adoptada en 2023, prevé que los proveedores tengan que incorporar un "botón de retractación" en sus páginas web que permita a los consumidores renunciar al contrato con un solo clic.
Además de España, otros veinte Estados miembros tendrán ahora dos meses para trasladar a la Comisión cómo prevén transponer la Directiva, algo que debían haber hecho en noviembre pasado también.
De no quedar satisfecha, la institución puede enviarles un dictámen motivado, el segundo paso de unos procedimientos de infracción con los que Bruselas garantiza que los países efectivamente cumplen la legislación comunitaria. Las Directivas europeas no son de aplicación directa en los países, de ahí que los Gobiernos deban incorporarlas a su propio ordenamiento para que tengan efecto.
