La medida fue oficializada mediante un decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano y ratifica que la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno con apoyo de las Fuerzas Armadas en las zonas de intervención determinadas.
Además, mantiene la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
Según el decreto, la decisión se tomó luego de que la Comandancia General de la PNP solicitó la prórroga del estado de emergencia en Lima y Callao en base a informes reservados que alertaron sobre "la persistencia del accionar criminal y la inseguridad ciudadana, derivados de la comisión de delitos de homicidio, sicariato, extorsión y otras situaciones de violencia".
En ese sentido, se indicó que para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se requerirá el permiso correspondiente de las autoridades y que las actividades que no sean masivas podrán realizarse sin ese permiso.
El decreto supremo fue publicado con las firmas del presidente Balcázar, del primer ministro, Luis Arroyo, y de los ministros de Defensa, Economía y Finanzas, Interior, Justicia y Derechos Humanos, y Transportes y Comunicaciones.
Lima y el Callao se mantienen en estado de emergencia por temas de seguridad ciudadana desde septiembre de 2024, cuando se decidió aplicar esa medida tras una ola de ataques contra gremios de transporte urbano y comerciantes por parte de bandas dedicadas a la extorsión.
A pesar del estado de excepción, las amenazas, extorsiones y ataques contra gremios se mantienen y han causado la muerte y heridas a decenas de sus trabajadores, sobre todo del sector de transporte publico, por negarse a pagar a las bandas criminales.
