A través de un comunicado, el Ministerio de Justicia señala que "el indulto se concede en los términos planteados por el propio Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que fue el que la condenó, y que en la sentencia afirmó que la pena de prisión resultaba 'desproporcionada y excesiva'", y mantiene el resto de la pena (multa e inhabilitación política de 4 años y 1 día).
La condena, emitida en marzo de 2023, a Laura Borràs nace de su etapa al frente de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), antes de ser una de las caras más visibles del independentismo en el partido catalán Junts y en el Parlament.
Los tribunales consideraron que adjudicó de forma irregular a un conocido 18 contratos menores vinculados al portal web de la ILC, por un valor de 335.700 euros, mediante fraccionamiento de contratos y documentación falsa para aparentar concurrencia.
La expresidenta del parlamento catalán consideraba que en este caso hubo persecución política por su perfil independentista y su implicación con el proceso de independencia de Cataluña de 2017 (el llamado en catalán 'procés').
Sin embargo, el Supremo confirmó la condena y rechazó aplicarle la amnistía por no considerar que tenía relación con el 'procés'.
El Gobierno aprobó en 2024 la ley de amnistía, que comenzó a aplicarse en junio de 2024 a varios condenados por su implicación en la organización del referéndum -que el Gobierno consideró ilegal- y luego la declaración unilateral de independencia por parte del expresidente catalán Carles Puigdemont y aprobada en el Parlamento, pero suspendida por la Justicia.
Puigdemont, que huyó a Bélgica para no ser juzgado, sigue siendo la cara más visible de este proceso y sigue pendiente de que la Justicia española determine su situación.
