La Justicia europea avala el tope ibérico al gas adoptado en la crisis energética de 2022

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Bruselas, 22 oct (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló este miércoles el tope en el precio del gas que adoptaron España y Portugal para contener el de la electricidad en plena crisis energética de 2022.

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El tribunal de Luxemburgo ha rechazado los recursos de casación presentados por PGI Spain, Berry Superfos Pamplona, Promens Packaging, RPC Envases y Zeller Plastik España contra la decisión de la Comisión Europea que dio luz verde a la medida.

La medida fue avalada en primera instancia por el Tribunal General de la UE (TGUE) en marzo de 2025, pero las empresas afectadas elevaron el asunto a la instancia superior de la Justicia europea.

Las empresas que recurrieron el mecanismo defendían que el Ejecutivo comunitario concluyó que dicho mecanismo se ajustaba a la legislación comunitaria porque "no entendió correctamente el funcionamiento" del mismo, al tiempo que reclamaban que la medida no era "adecuada" ni "proporcionada", pero sí "discriminatoria".

El mecanismo imponía un tope a la cotización del gas en el mercado mayorista de la electricidad y efectuaba pagos a operadores de centrales eléctricas de combustibles fósiles para cubrir parte de sus costes, de forma que el resultado era una reducción del precio final debido a que estos son los factores más influyentes en el proceso de fijación del mismo.

Estas compensaciones a las centrales se financiaban, principalmente, mediante una contribución impuesta a los compradores de electricidad en dicho mercado mayorista, pero incluía una exención para aquellos compradores de electricidad respecto a la parte de sus compras regidas por contratos anteriores al 26 de abril de 2022.

En defensa de su propia decisión, y apoyada por España en el asunto, la Comisión Europea defendió en la vista que "no estaba obligada a analizar la situación" concreta de los demandantes, los cuales, aunque no compran directamente la electricidad en el mercado mayorista, soportan los costes de la medida, pero "no se benefician totalmente de la reducción de los precios".

Por su parte, los abogados del Estado español se sumaron a esta consideración y defendieron que "el objetivo de la medida era bajar los precios del mercado mayorista de electricidad" y no "tener en cuenta todas las situaciones legales factuales en las que se pudieran encontrar los consumidores finales".

La Comisión Europea aseguró, tras conocer la sentencia, que "toma nota" de la misma y destacó que el fallo del TJUE sostiene también un mecanismo que está recogido "de forma más formal" en el marco temporal de Ayudas de Estado que Bruselas puso en marcha a raíz de la guerra en Oriente Medio, señaló a EFE un portavoz comunitario.