ABC
3 de noviembre de 2026
ABC Noticias
ABC TV de 12:00:00 a 13:59:00
Ver ABC TV
Cardinal Deportivo
ABC Cardinal AM de 11:30 a 13:59
Escuchar ABC AM
A de la Tarde
ABC FM 12:00 a 14:59
Escuchar ABC FM
ABC Noticias
ABC TV de 12:00:00 a 13:59:00
Ver ABC TV
31º
Ahora
ver más
31º
Ahora
HOY
Min
19º
Máx
32º
undefined 2026-11-04
Min
23º
Máx
40º
undefined 2026-11-05
Min
20º
Máx
28º
undefined 2026-11-06
Min
18º
Máx
34º
undefined 2026-11-07
Min
18º
Máx
27º
undefined 2026-11-08
Min
15º
Máx
23º
Cotizaciones del día
DOLAR
Compra
5.880
Venta
6.270
PESO
Compra
1
Venta
10
REAL
Compra
1.030
Venta
1.230
EURO
Compra
6.320
Venta
7.200

Una pena “desproporcionada” no basta para rechazar una euroorden, según TJUE

Imagen sin descripción

Bruselas, 3 nov (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) pidió a la justicia neerlandesa que entregara a Rumanía a un condenado a siete años de prisión por importar tres gramos de marihuana y cuatro pastillas de MDMA, ya que considera que un "posible carácter desproporcionado" de la pena no justifica no ejecutar una euroorden.

Agregá ABC a Google como fuente preferida en tus búsquedas.

El Tribunal de Primera Instancia de Ámsterdam (Países Bajos) había preguntado al alto tribunal europeo si el derecho de la Unión permite a la autoridad encargada de ejecutar una euroorden denegar la entrega de una persona por considerar que la pena impuesta es "desproporcionada" en relación con el delito que se le imputa.

El hombre, condenado en 2023 y sobre el que pesa una orden de detención europea desde enero de 2024, expresó ante el tribunal neerlandés que había importado a Rumanía las drogas -"pequeñas" cantidades, según el juez neerlandés- para su mujer, quien las utilizaba como analgésico.

Sin embargo, el TJUE falló que el "posible carácter desproporcionado de la pena no figura, como tal, entre los motivos de no ejecución de una orden de detención europea", alegando que la normativa rumana no presenta "deficiencias constitutivas de una violación manifiesta y grave del principio de proporcionalidad de las penas que puedan justificar la denegación de la ejecución de la orden de detención europea".

El alto tribunal también apunta que la posible desproporción entre la pena impuesta y la gravedad del delito "no basta, por sí sola, para justificar la denegación de la ejecución", pese a que en Países Bajos el mismo delito se castigaría con una pena de entre una y tres semanas de prisión.

Así pues, la denegación de una euroorden "solo puede contemplarse en casos excepcionales", es decir, "penas de prisión tan desproporcionadas que equivalgan a penas inhumanas o degradantes", remarca la sentencia, "o cuando dicha normativa no tenga en cuenta la gravedad del delito y no permita tener en cuenta las circunstancias individuales".

El tribunal neerlandés había alegado, sin éxito, que "los tribunales rumanos no habían podido tener en cuenta ni la escasa cantidad de drogas de que se trataba ni el hecho de que estuvieran destinadas al consumo personal o, como mínimo, de que se hubieran importado sin intención de traficar con ellas".

Lo
más leído
del día

01
02
03
04
05

Te puede interesar