JEM enjuicia y suspende a juez que autorizó traslado a “La Granja”

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Por unanimidad, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) decidió enjuiciar y suspender al magistrado Néstor Arévalos, juez penal de San Pedro, quien resolvió el traslado del recluso Víctor Brítez Aranda a “La Granja”.

El diputado Eusebio Alvarenga y otros colegas integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) pidieron el enjuiciamiento con suspensión del juez Nestor Arévalos, quien resolvió el traslado del reo Víctor Brítez Aranda, enjuiciado por tenencia de drogas, a La Granja, de San Pedro del Ycuamandyyú.

Por voto unánime el JEM decidió suspender al juez, y algunos miembros como el parlamentario Eusebio Alvarenga expusieron que les parece bastante grave la decisión tomada por el Juzgado Penal de Ejecución. “Entre los argumentos el juez dictaminante de la resolución solamente hace referencia a los antecedentes del reo, a la buena conducta al comportamiento dentro del reclusorio, y no tiene en consideración una de las exigencias básicas, el dictamen de una instancia técnica que sí o sí tenía que poseer e juzgado al momento de dictar esta resolución”, argumentó Alvarenga.

Alvarenga lamentó que el juez no haya tenido en consideración el factor importante anteriormente mencionado, entre otras falencias.

“En estas condiciones y sobre la base de una serie de omisiones a disposiciones de rango constitucional, especialmente al artículo 20 de la Carta Magna, y a las disposiciones contenidas en la ley de Ejecución Penal fundamentalmente en cuanto a la omisión del análisis de etapas que se obvió en el caso concreto y a la omisión del dictamen técnico de una instancia especializada. Teniendo en cuenta las omisiones y la aparente mala práxis del juez Arévalos Zorrilla en este momento tenemos elementos para el inicio del enjuiciamiento”, expresó Alvarenga.

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Además del enjuiciamiento, Alvarenga solicitó que se le aplique una medida cautelar de suspensión.

A su turno, el senador Fernando Silvia Facetti expresó que en virtud a lo que dispone la ley Nº 3759, se dispuso verificar la actuación del juez de ejecución Néstor Ávalos de San Pedro quien había dictado una resolución en relación a un cambio de sección del interno Víctor Brítez Aranda, condenado a una pena privativa de libertad de 26 años pro narcotráfico, y que fue trasladado del pabellón donde guardaba reclusión al lugar denominado Granja Porvenir de la Penitenciaría Regional de San Pedro.“Esto en inobservancia a lo previsto en el Código de Ejecución Penal dictando la resolución número 450 e fecha 3 de mayo de 2019”, explicó el miembro del JEM.

A más de eso lo resuelto por el magistrado, se constató, según expuso Fernando Silva Facetti, que el lugar designado para el traslado “no estaba ni autorizado ni habilitado por el órgano pertinente que es el Ministerio de Justicia, y en el expediente no existe autorización de dicho ente”. Esto se constata raíz de que la fiscal interviniente en la causa Fany Aguilera de la Unidad Penal Nº 1 de San Pedro, había interpuesto una apelación en contra de la resolución Nº 450 dictada por el magistrado Néstor Arévalos, habiendo la cámara revocado la resolución conforme esos argumentos, continuó argumentando Silva Facetti.

Por lo tanto, dijo el senador liberal, “existen indicios a priori para que el juez arévalos deba dilucidar los motivos por los cuáles dictó al resolución 450 y para tal efecto es necesario iniciar el enjuiciamiento del magistrado”.