La ministra sostuvo que guardar en el teléfono un video o fotografía de pornografía infantil que se comparte, por ejemplo, en un grupo de WhatsApp, se configura en un hecho punible. En una entrevista con ABC Cardinal, Teresa Martínez recomendó que se borren los materiales audiovisuales y se denuncia ante la Policía o Fiscalía.
El artículo 140 del Código Penal, modificado por última vez en 2011, también castiga la reproducción de un video o la descarga de una fotografía de pornografía infantil. La sanción es de entre seis meses a tres años de cárcel o multa.
En tanto que es hasta cinco años la pena por elaborar (grabar, fotografiar, edición, etc.) materiales “que representen actos sexuales con participación de personas menores de 18 años de edad o la exhibición de sus partes genitales”. En caso de que la víctima sea de menor de 14 años, la expectativa sube hasta 10 años.
De igual forma la norma también prohíbe la distribución, importación, exportación, oferta, canje, exhibición, difusión, promoción y financiación de la producción o reproducción de videos y fotografías de pornografía infantil.
Otro aspecto de la pornografía infantil, es que se incluye en la prohibición la organización, financiación o promoción de espectáculos, públicos o privados, en los que participe un menor de dieciocho años y se muestren actos sexuales.
Las dudas en torno al alcance de la ley se debe a que ayer la Fiscalía realizó siete allanamientos en distintas ciudades del Paraguay como parte de un operativo simultáneo en otros seis países a fin de desbaratar una red internacional de internautas que distribuía materiales de pornografía infantil a través de Internet.
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La Fiscal Irma Llano aclaró que en este caso la red no operaba a través de WhatsApp, como ocurrió en otros casos, sino que era a través de una plataforma de intercambio de archivos punto a punto (peer-to-peer) en Internet, bastante común en la web.

