El taller se realizó en la Aldea S.O.S de San Ignacio, Misiones, y se desarrollaron temas relacionados a la protección de los niños y adolescentes, en el marco de la campaña: “todos somos responsables”. La organización estuvo a cargo del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, Unicef Paraguay, Plan Internacional Paraguay, Fondo Cristiano Canadiense; Aldea S.O.S y la Agencia Global de Noticias (AGN), entre otras instituciones.
En la oportunidad, el director general de Protección del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, Eduardo Sosa, mencionó las causas que afectan a los niños en situación de calle, tales como la violencia doméstica, la drogadicción, el alcoholismo, la deserción escolar, la falta de escolaridad y el abuso sexual.
Sosa puso énfasis en la necesidad de trabajar en forma articulada todas las instituciones, a fin de poner punto final a la violencia hacia los niños y niñas. Ese el objetivo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y Paraguay es un país pionero en avanzar en el programa de protección de la niñez y la adolescencia, según Sosa.
Por su parte, la periodista Lupe Galiano explicó el lenguaje adecuado que deben usar los comunicadores y diferentes medios radiales, escritos y televisivos, para las noticias sobre la niñez y la adolescencia.
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Galiano mencionó los términos correctos que deben ser utilizados por los medios para evitar el lenguaje peyorativo y la discriminación, al referirse a los niños y niñas y adolescentes. En ese sentido, puso como ejemplo que no es correcto el término “menor”. Lo adecuado es hablar de la “niñez, infancia y adolescencia”.
Protección de la identidad
Durante el taller, los periodistas analizaron también los artículos del Código de la Niñez y la Adolescencia. El artículo 29, por ejemplo, establece “que queda prohibido publicar por la prensa escrita, radial, televisiva o por cualquier otro medio de comunicación, formato de transmisión digital de informaciones, sistema de mensajerías y redes sociales, los nombres, las imágenes, audios o cualquier dato que posibilite identificar al niño o adolescente, víctima o supuesto autor de hechos punibles o que hayan presenciado accidentes o eventos catastróficos, resulte víctima de la violación de algún derecho o garantía”.
También queda prohibida la entrevista al niño o adolescente que se encuentre en situaciones referidas en el artículo 29 del Código de la Niñez. Los que infrinjan esta prohibición serán sancionados conforme al artículo 147, “revelación de un secreto de carácter privado” de la Ley N° 1160/97 del Código Penal.