La modificación se da a raíz de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), informó Catastro a través de una nota de prensa. Estos valores suben luego de promulgarse el Decreto Nº 3.180/2019.
“Los valores fiscales constituyen la base imponible para el pago del impuesto inmobiliario, que es cobrado por las distintas municipalidades y, sobre esta base, los municipios calculan el tributo correspondiente. La tasa del impuesto inmobiliario es del 1% del valor fiscal de la propiedad”, explicó Catastro.
Cada precio que varía depende del distrito, zona y departamento. Cualquier ciudadano interesado en conocer el monto del impuesto inmobiliario que debe abonar a municipalidad puede hacerlo a través de la web institucional www.catastro.gov.py, apartado “Consulta para inmueble urbano” o “Consulta para inmueble rural”, dependiendo de la categoría de su propiedad.
