El auto interlocutorio Nº 204, con fecha 11 de marzo último, dispone: “Declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por los agentes fiscales Carina Sánchez Fernández y Eduardo Royg Acha”.
La Sala Penal de la Corte Suprema está integrada por los ministros María Carolina Llanes, Manuel Dejesús Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera.
La ministra María Carolina Llanes, titular de la sala, dejó constancia en el auto interlocutorio Nº 204/20 que “es competencia exclusiva del tribunal de apelación analizar la procedencia o no de las recusaciones planteadas contra los magistrados de primera instancia y no así esta Sala Penal”. Los integrantes de la Sala Penal coincidieron en forma unánime en “declarar inadmisible” la apelación planteada por los fiscales Carina Sánchez y Eduardo Royg Acha.
Los agentes del Ministerio Público presentaron una apelación ante la Sala Penal de la Corte contra una apelación rechazada por el Tribunal de Apelaciones de Concepción.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Los fiscales pretenden que se admita una fotocopia simple como prueba contra el comunicador Édgar Chilavert, sometido a juicio en este momento por el supuesto delito de abuso sexual de menor, en Concepción.
Carina Sánchez y Eduardo Royg lograron paralizar una semana el juicio contra el periodista Chilavert con el absurdo jurídico de apelar una apelación, una acción que no está prevista en el Código Penal.

Remoción por admitir fotocopia simple
En la sesión del 10 de marzo pasado, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados resolvió la remoción del juez laboral de Luque Luis Pereira Ramírez y de los miembros del Tribunal de Apelaciones Víctor Caballero y Santiago Brizuela, por el caso que involucró al exfuncionario de la Confederación Sudamericana de Fútbol Ismael Pintos, favorecido con una indemnización de 53 mil millones de guaraníes por un supuesto despido injustificado.
Uno de los argumentos clave para la decisión de remover a los jueces mencionados fue la admisión de una fotocopia simple para favorecer con la millonaria indemnización a Ismael Pintos.
Volviendo al juicio a Édgar Chilavert, los fiscales Carina Sánchez y Eduardo Royg pretendían que el tribunal de sentencia admita una fotocopia simple como prueba incriminatoria contra el periodista.
La acusación del Ministerio Público fue montada en base a una fotocopia simple. Las pericias de la Dirección de Laboratorio Forense no lograron encontrar ningún elemento que pueda incriminar al comunicador concepcionero.
La decisión de la Sala Penal de la Corte Suprema de rechazar por inadmisible la apelación de los fiscales permitirá que el juicio pueda continuar.
Se aguarda la presentación del resultado de la pericia de las voces del intendente de Concepción, Alejandro Urbieta, y su secretario Julio David Fischer. Por mandato del tribunal de sentencia, ambos debieron someterse a una pericia del Laboratorio Forense; se sospecha que ambos tuvieron parte en el montaje previo de la acusación falsa.
El periodista Édgar Américo Chilavert realizó una investigación sobre la supuesta venta fraudulenta del puerto de Concepción. El intendente Alejandro Urbieta estaría involucrado en el ilícito.
