El decreto dispone que los ciudadanos podrán salir a realizar compras de alimentos, medicamentos y artículos de limpieza dentro del horario de 5:00 a 21:00 horas. Anteriormente era hasta las 20:00. Además, el servicio de delivery –que regirá ahora para todos los tipos de servicios– se extiende durante las 24 horas.
También los servicentros, que tenían limitaciones de horario, podrán operar sin restricciones en este aspecto siempre que eviten la aglomeración de personas, según la nueva disposición.
Para salir a hacer las compras, regirá el sistema de control de terminación de chapas: los que terminen en números 1, 3, 5, 7 y 9 podrán hacerlo los días lunes, miércoles, viernes y domingo y los que terminen en 0, 2, 4, 6 y 8, los días martes, jueves y sábado.
Dentro de la industria, se permitirá la operatividad de las siguientes áreas: fabricación de domisanitarios, artículos de limpieza e insumos hospitalarios; industrias de producción textil, confección y cuero; fabricación y producción de maderas, muebles y papel; fábricas de metales, plásticos, cerámicas, cemento y vidrios; imprentas; fábricas de maquinarias y automotriz, maquila; mantenimientos de fábricas y talleres mecánicos; mampostería.
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En cuanto a los servicios profesionales y no profesionales a domicilio se permitirá “todo servicio que se realice en el domicilio particular o laboral del cliente y los servicios de cobranza, cumpliendo el protocolo sanitario”.
La disposición prohíbe que entre los exceptuados para trabajar haya personas menores de 18 ni mayores de 60 años de edad, “salvo las personas que cumplan servicios médicos de urgencia o servicios imprescindibles para la comunidad”.
Los funcionarios públicos, por su parte, tendrán un horario excepcional de trabajo de 8:00 a 15:00 horas. La Secretaría de la Función Pública realizará las recomendaciones para cada institución.
Se permitirá la actividad física individual (caminata y trote) cumpliendo los siguientes criterios: se permite la actividad física individual para todas las personas en espacios al aire libre hasta 500 metros de su vivienda. En los parques públicos que cuenten con control de ingreso, habilitados por cada municipio o autoridad nacional competente según la siguiente disposición.
De 5:00 horas a 8:30: personas mayores de 60 años.
De 9:00 a 19:00: personas entre 10 y 59 años, con un máximo de dos horas por día.
Los clubes sociales y deportivos, sin embargo, seguirán cerrados al público.

