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Media sanción a ley que establece el uso obligatorio de tapabocas

Este artículo tiene 6 años de antigüedad
Gente con barbijos tapabocas en el Mercado 4.
Gente con barbijos tapabocas en el Mercado 4.Javier-Cristaldo

El Senado aprobó este jueves el proyecto de ley que establece el uso obligatorio de barbijos en lugares cerrados donde se reúnan más de cinco personas. Al incumplimiento de dicha disposición se le aplicará sanciones como adquisición de mascarillas, prohibición de ingreso a locales y multas. La normativa pasa a la Cámara de Diputados para su consideración.

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La Cámara Alta aprobó por mayoría el Proyecto de Ley “Que dispone la obligatoriedad temporal del uso de mascarillas higiénicas o de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón, y del cumplimiento de las medidas de protección contra el COVID-19”, presentado por los senadores Zulma Gómez, Enrique Riera, Jorge Querey, Desiré Massi, Antonio Barrios, Esperanza Martínez y Hermelinda Alvarenga.

La normativa establece que los ciudadanos deberán utilizar de forma obligatoria tapabocas u otros elementos que cubran la nariz, boca y mentón, siempre que circulen en territorio nacional, concurran o permanezcan en lugares públicos o privados a las que asistan más de cinco personas.

La ley enfatiza que incluidos los espacios abiertos, si no se puede mantener más de 1.5 metros de distancia entre las personas, se deberá usar tapabocas. La medida afecta a todos los connacionales a partir de los 6 años de edad.

Como sanción ante el incumplimiento de la norma se estableció que, aquella persona que sea sorprendida en infracción en la vía pública, deberá adquirir cinco tapabocas. También, se prohibirá el ingreso a lugares públicos sin el uso de barbijos. Además, en el caso de estar en lugares cerrados, sus máximos responsables abonarán una multa de dos jornales mínimos.

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