Diputados definen si elevan penas contra los corruptos

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La diputada de PQ  Rocío Vallejo (der.) promueve junto con sus colegas de la oposición el proyecto de ley que busca elevar penas contra las personas que cometen hechos de corrupción.
La diputada de PQ Rocío Vallejo (der.) promueve junto con sus colegas de la oposición el proyecto de ley que busca elevar penas contra las personas que cometen hechos de corrupción.Archivo, ABC Color

La Cámara de Diputados analizará en su sesión de la fecha, convocada para las 08:30, si aumenta o no las penas por los delitos de lesión de confianza y estafa al Estado, de 10 a 15 años, pudiendo llegar hasta 22 años.

El proyecto de ley, que cuenta con dictamen favorable de la comisión bicameral de Reforma del Sistema Penal, nuevamente pondrá a prueba hoy a los 80 diputados, considerando que existe una fuerte resistencia para aprobar la norma en cuestión.

Con esta propuesta de normativa se busca que las causas por los delitos de lesión de confianza y estafa al Estado no prescriban y que quienes sean condenados por robar al Estado no logren una salida condicional al procedimiento, tal cual lo hizo, por ejemplo, el entonces diputado José María Ibáñez (ANR, Añetete), quien fue procesado por el hecho conocido como “caseros de oro”.

Por un caso calcado al de Ibáñez está procesado el diputado Tomás Rivas (ANR, cartista), acusado por estafar al Estado y otros delitos (ver más información en la página 5). Hizo figurar a sus tres empleados particulares como funcionarios de la Cámara de Diputados, para que reciban sueldos ahí y sin cumplir funciones.

El proyecto de ley fue promovido principalmente por la diputada Rocío Vallejo (PPQ) y varios de sus colegas de la oposición, luego de que se descubriera y denunciara penalmente supuestas compras irregulares en la emergencia sanitaria, en Dinac, Salud y Petropar. Actualmente, el marco penal para el hecho punible de estafa, en el inciso 1º del artículo 187, estipula seis meses a cinco años de cárcel, y en los casos especialmente graves la pena podrá ser aumentada hasta a ocho años.

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En el caso de la lesión de confianza, en el inciso 1º del artículo 192, la pena es de seis meses a cinco años, y en los casos especialmente graves, dice el inciso 2º, la pena podrá ser aumentada hasta diez años. La exposición de motivos cita que generalmente los litigantes buscan que transcurra el doble del plazo establecido en el artículo 104 inc. 2º, con lo cual las causas de estafa y lesión de confianza pueden llegar a extinguirse sin sentencia.