Juez rechaza acción y pide investigar falsificación de certificado de estudios

El juez penal de sentencia Darío Báez Ferreira rechazó un hábeas data promovido por el estudiante Bruno Pasquarelli Mattos contra la Universidad María Serrana. Asimismo, el magistrado dispuso la remisión de los antecedentes del caso al Ministerio Público, para una investigación sobre la eventual comisión de los delitos de producción de documento de contenido falso, uso de certificado de méritos y servicios de contenido falso y testimonio falso.

Los estudiantes de la Universidad María Serrana, en la primera manifestación realizada el lunes último.
Los estudiantes de la Universidad María Serrana, durante una manifestación ante la Facultad de Medicina.Gentileza

Cargando...

En su escrito de hábeas data, el ciudadano brasileño Bruno Pasquarelli argumenta que entre los años 2014 y 2017 cursó la carrera de Medicina en la Universidad María Serrana y en el 2018 regresó al Brasil, específicamente a la ciudad de Santos, Sao Paulo, donde pretendió continuar con sus estudios.

Para el efecto, llevó un certificado de estudios debidamente legalizado por el Ministerio de Educación y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, pero con un error en su apellido, pues en vez de Pasquarelli, escribieron Pasquerelli.

Así las cosas, el extranjero pretendía con el habeas data, una orden judicial que permitiera rectificar su apellido en su certificado y así, tener la documentación válida para concluir su carrera en el Brasil.

Sin embargo, al ser notificada del caso, la Universidad María Serrana informó que la documentación presentada por Pasquarelli es apócrifo y que el recurrente jamás fue alumno de la institución.

“(...) este magistrado no puede pasar por alto, en cuanto a lo indicado por los representantes de la Universidad María Serrana al momento de evacuar el informe requerido, señalando que el documento (certificado de estudios) presentado como prueba de la acción promovida es un documento de contenido falso, en ese sentido este juzgador sin entrar a analizar la veracidad de lo señalado ni la necesidad de expertise (pericia) se observa que al verificar el certificado de estudios en los semestres cuarto, quinto y octavo al realizar el prorrateo de las calificaciones otorgadas, las mismas no coinciden con los promedios asignados a los citados semestres por lo que, tomando conocimiento de esta afirmación por parte de la demandada corresponde elevar los antecedentes del caso a la Fiscalía General del Estado, a fin de que ésta remita al fiscal de turno a los efectos de estudiar las manifestaciones esgrimidas por el demandado en las que refiere que el certificado de estudios es un documento de contenido falso (...)” señala el juez Báez.

“En relación al sr. Bruno Pasquarelli, corresponde remitir los antecedentes en cuanto hace al uso de documento de contenido falso pues el mismo presenta como prueba a su pedido de habeas data un certificado de estudios expedido supuestamente por la Universidad Privada María Serrana y esta institución refiere que dicho documento es falso, en ese sentido este magistrado considera que el Ministerio Público debe estudiar si la conducta de Bruno Pasquarelli Mattos puede hallarse incursa dentro de los prescribe el art. 259 del Código Penal, uso de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso (...)”, agrega el magistrado, que agrega que el extranjero también debe ser investigado por testimonio falso.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...