21 de abril de 2021 - 02:00
Rechazan sentencia contra privacidad
Este artículo tiene 4 años de antigüedad La Asociación Rural del Paraguay (ARP), presidida por el doctor Pedro Galli, expresa su preocupación y rechazo ante el fallo dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Capital, 26º Turno, y confirmado por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sexta Sala (jueza de Primera Instancia Lizza Reyes, siendo miembros del Tribunal los doctores Enrique Mercado, Osvaldo González y Mirtha Ozuna de Cazal), en el Juicio: “Federico Legal Aguilar C/ Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) S/ Amparo”, por el cual ordena al ente sanitario pecuario, provea informaciones de índole privada de los productores: “cantidad de animales de ganado vacuno por nombre de establecimiento y destino final”.
Al respecto, la ARP consideramos esta sentencia ilegal y arbitraria, en base a las siguientes consideraciones: los ganaderos no somos funcionarios públicos, y los informes personales del productor ganadero no están bajo el ámbito de la ley de información pública, por lo que bajo ningún concepto debemos rendir cuentas a la ciudadanía en general de nuestro patrimonio personal y privado, de acuerdo al cual, pagamos impuestos y rendimos cuenta a los entes públicos que corresponden, alega entre otras cosas.