Jiménez Rolón insiste en que Art. 193 del COJ, sobre nombramiento de cónyuges, está derogado

El ministro de Corte y miembro del Consejo de la Magistratura (CM), Eugenio Jiménez Rolón, en la sesión de este lunes del órgano extrapoder, una vez más “derogó” el Art. 193 del Código de Organización Judicial (COJ), para rechazar una nota que cuestionó al CM porque integró una terna para juez de Encarnación en la que un abogado tiene como esposa a una jueza de la misma localidad. Sin embargo, en otra ocasión, la Corte devolvió la terna por esta incompatibilidad.

Sesión del Consejo de la Magistratura de este lunes.
Sesión del Consejo de la Magistratura de este lunes.

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<b>El artículo del Código de Organización Judicial</b>

Art.193.- No podrán ser nombrados simultáneamente miembros del mismo Tribunal, ni aún para los casos de integración, los parientes consanguíneos o afines en línea recta, y los colaterales dentro del cuarto grado inclusive de consanguinidad o segundo de afinidad. Tampoco se permitirá que uno de dichos parientes sea Juez inferior y el otro del Tribunal Superior de la misma jurisdicción.-

<b>La nota que cuestiona una terna</b>

En la sesión del lunes del CM, se leyó la nota que cuestiona la designación del Abog. Arnaldo Javier Garayo Benítez, para la terna de juez penal itinerante de Encarnación, convocado por el edicto 10/2020, dice que tiene incompatibilidad porque tiene como cónyuge a la jueza Raquel García, quien prestó juramento el 25 de mayo de 2020 ante la Corte Suprema de Justicia, como jueza itinerante de la Circunscripción Judicial de Itapúa. Objeta que esta incompatibilidad puede afectar gravemente la imparcialidad en la función judicial.

Esta nota fue remitida al CM el 5 de julio pasado, pero recién este lunes se le dio tratamiento, una semana después de que se haya cuestionado en publicaciones periodísticas la conformación de una terna por incompatibilidad. Desde el Consejo de la Magistratura informaron que para guardar la identidad del denunciante, no se proporciona sus datos.

Dictamen rechaza la nota de incompatibilidad

El director jurídico del CM César Verdún solicitó al pleno el rechazo de la denuncia porque a su criterio no había incompatibilidad, en este caso. Para Verdún, es categórico que el Art. 193 se encuentra vigente.

Alegó que no se encontraron documentos que acrediten vínculo como cónyuges entre el ternado Garayo Benítez y la jueza García.

Sin embargo, indicó el director jurídico, que de existir documentos que prueben el vínculo matrimonial, no existiría impedimento porque la norma establece que sí hay impedimentos en caso de que sean nombrados como miembros de Tribunales de Apelaciones, pero en este caso, los cargos involucrados corresponden a primera instancia,

Ministro “derogó” otra vez el Art. 193

Una vez más el ministro Jiménez Rolón (como ya lo hizo recientemente en la sesión plenaria de la Corte), en la sesión del CM de este lunes, dijo que el art. 193 del COJ ya se encuentra derogado de forma tácita y reiteró que esta postura fue la que asumió recientemente en la máxima instancia judicial.

Jiménez Rolón argumentó que el Art. 193 del COJ era compatible con el Art. 55 de la Constitución Nacional (CN) de 1967, sobre la admisión a la función pública, posteriormente la CN de 1992 ya no hace referencia a las condiciones de admisión publica, al contrario, el Art. 46 expresamente dice: “Todos los habitantes son iguales en dignidad y derechos, no se admiten discriminaciones, y dispone que el Estado removerá los obstáculos para el acceso a la función pública”.

Agregó Jiménez Rolón: “Además, el Art. 47 de la CN del 92 dice que el Estado garantizará a todos los habitantes de la República la igualdad ante las leyes”.

A la posición de Jiménez Rolón, se adhirió la también abdista Mónica Seifart, representante del Poder Ejecutivo ante el CM, dijo que se sumaba a la posición de Verdún, y a lo justificado por el ministro de Corte, a pesar que ambos rechazaron la denuncia de incompatibilidad, por diferentes motivos.

Los demás miembros del CM nada opinaron sobre la posición de su colega Jiménez Rolón, pero el presidente del CM Oscar Paciello dio por aprobado el rechazo de la nota que cuestionó la incompatibilidad.

Con la posición asumida por Jiménez Rolón, para argumentar que no hay incompatibilidad, y aún más, para asegurar que el Art. 193 está derogado de forma tácita, se puede justificar prácticamente cualquier violación a normas legales. Solo basta con argumentar que la Constitución Nacional garantiza el acceso a la función pública, que el Estado tiene que remover los obstáculos, así como que se garantiza la igualdad entre los habitantes de la República.

Tampoco nada dijo el ministro de Corte, si en donde queda el derecho que tiene el denunciante de objetar una determinación administrativa, ya que solamente protege y justifica las resoluciones tomadas por el CM y la Corte.

Corte no devolvió terna

Recientemente la Corte Suprema designó como jueza en lo civil, laboral y de la Niñez y Adolescencia de Concepción, a la Abog. Ana de Jesús Martínez de Cabañas, quien es esposa del camarista multifueros en lo civil y comercial, laboral y de la Niñez, Julio César Cabañas Mazacotte, también de Concepción.

A pesar de las advertencias en medios de comunicación sobre la clara e indiscutible incompatibilidad en la designación de la abogada Martínez de Cabañas, la Corte hizo oídos sordos y siguió tozudamente con la transgresión da la ley del COJ, en la segunda parte del Art. 193 que dispone: “Tampoco se permitirá que uno de dichos parientes sea Juez inferior y el otro del Tribunal Superior de la misma jurisdicción”.-

Para justificar la violación al art. 193 del COJ, el ministro Jiménez Rolón, ya había también “derogado” este artículo. El ministro es superintendente de la Circunscripción Judicial de Concepción.

Antecedente de devolución de terna

La Corte Suprema de Justicia, en una clara contradicción actual de su disposición de no devolver la terna al Consejo de la Magistratura, en noviembre de 2019 , la máxima instancia judicial ordenó la devolución una terna al órgano extrapoder. Fue el caso de una terna para juez en lo civil y comercial del primer turno de Paraguarí. La misma estaba integrada por Nancy Asurina Cabrera Figueredo, Carlos Francisco Pascottini Villalba y Silvia Mercedes Rodríguez Esquivel.

Pascottini fue el primer elegido, pero esta designación quedó sin efecto tras un escándalo que protagonizó días antes de su juramento, al actuar en forma prepotente y negarse al alcotest, tras un accidente de tránsito.

Posteriormente, la Corte designó a Silvia Rodríguez, sin embargo, este nombramiento también se dejó sin efecto por ser sobrina del camarista de Paraguarí Javier Esquivel. En ese entonces, se justificó como causal de incompatibilidad, según lo que dispone el art. 193 del COJ.

Por lo visto, en noviembre de 2019, el Art. 193 del COJ “no estaba derogado”, como explicó ahora el ministro Jiménez Rolón.

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