El Mades rescató a un aguara’i en Luque

Un aguara’i (Cerdocyon thous) fue rescatado por técnicos de la Dirección de Vida Silvestre del Ministerio del Ambiente (Mades). El animal, que fue encontrado en Luque, fue derivado al Refugio Privado de Vida Silvestre Kynda Guazu de San Bernardino donde estará en cuarentena para su evaluación.

Técnicos del Mades rescataron en la ciudad de Luque a un aguara'i.
Técnicos del Mades rescataron en la ciudad de Luque a un aguara'i.Gentileza

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Un aguara’i (Cerdocyon thous - zorro) fue hallado en la ciudad de Luque en una propiedad privada y los dueños de esta realizaron la denuncia al Dirección de Fauna y Vida Silvestre del Mades.

Los técnicos de la institución fueron hasta el lugar, ubicado en el centro mismo de Luque, y verificaron que allí se encontraba el aguara’i por lo que procedieron a su captura y rescate. Fueron los ingenieros ambientales Iván Marecos y Sara Riquelme y el médico veterinario Carlos Coronel quienes es encargaron del procedimiento.

El animal fue trasladado al Refugio Privado de Vida Silvestre Kynda Guazu de San Bernardino, donde permanecerá en cuarentena para su evaluación clínica y de comportamiento. Aparentemente estaba en buenas condiciones, según afirmaron.

Al respecto, el doctor Coronel contó que, generalmente, se suele da la aparición de animales silvestres en zonas urbanas debido a que muchas personas las tienen como mascotas. Estas al ser crías son fáciles de manejar pero al crecer y convertirse en adultos son más complicados de retener y cuidar por lo que proceden a su liberación, según explicó.

También recordó que ante el hallazgo de animales silvestres fuera de su hábitat la ciudadanía debe realizar la respectiva denuncia al Mades, ya sea mediante el Portal Web del Ministerio del Ambiente, al teléfono (021) 287 9000 o a través de la app de “Denuncias Ambientales”, disponible para teléfonos con sistema Android e IOS.

El doctor Coronel reiteró que la extracción de animales silvestres está prohibida por la legislación nacional y que las infracciones a las normativas son pasibles de sanciones.

En vigencia ley de Vida Silvestre

En nuestro país está vigente la ley 96/92 sobre la Vida Silvestre que en su artículo 37 prohíbe la caza, transporte, comercialización, exportación, importación y reimportación de todas las especies de la fauna silvestre, así como sus piezas y/o productos derivados que no cuenten con la expresa autorización de la autoridad de aplicación.

También, en el artículo 38 prohíbe la tenencia y exhibición de todas las especies de la fauna silvestre, así como sus piezas y/o productos derivados que no cuente con la expresa autorización de la Autoridad de Aplicación que sólo será otorgada de conformidad con lo dispuesto en los convenios internacionales y en la presente ley.

Asimismo, en la ley 716/96 de Delitos Ecológicos se establece que los que destruyan las especies de animales silvestres en vías de extinción y los que trafiquen o comercialicen son pasibles a recibir sanciones con penas penitenciarias y económicas los delitos contra el medio ambiente.

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