Tribunal confirma extradición de turco procesado por homicidio en Paraguay

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Huseyin Bektas Samaniego, de origen turco, tenía varias identidades y estaba oculto en Bolivia desde el año pasado.
Huseyin Bektas Samaniego, de origen turco, cuya extradición fue confirmada por un Tribunal de Apelación.Archivo, ABC Color

Un Tribunal de Apelación de capital confirmó la extradición de Huseyin Bektas de Samaniego, de 49 años, requerida por la Justicia de Turquía y que fue ordenada por la sentencia definitiva de la jueza Clara Ruiz Díaz Parris. El mismo está procesado en Paraguay por el homicidio de un oriental.

El Tribunal de Apelación, Tercera Sala en lo Penal, integrado por los magistrados Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín Bernal y Cristóbal Sánchez confirmó la extradición de Huseyin Bektas de Samaniego (49) a la República de Turquía.

El colegiado emitió su dictamen a través del Acuerdo y Sentencia Nº 81 de fecha 30 de noviembre de 2021, en el que confirmaba la extradición del ciudadano turco, detenido en Bolivia en el 2019, un años después de que cometiera el homicidio del ciudadano chino Shian Jui Lu (42). En el mismo año, Bektas fue expulsado de Bolivia y aprehendido por las autoridades nacionales.

En el proceso abierto con relación al pedido de extradición, el 9 de setiembre del 2019 la jueza penal de garantías Clara Ruiz Díaz Parris hizo lugar a la entrega del Bektas a la Justicia de Turquía, a través de la Sentencia Definitiva Nº 82 de fecha 9 de setiembre de 2019.

Bektas es requerido por la justicia turca en vista a que en su país cuenta con un proceso abierto por tráfico de drogas y sustancias psicotrópicas, hecho punible por el cual podría ser condenado a una pena de entre 20 y 30 años de privación de libertad.

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El abogado Daniel Garcete, quien ejerce la defensa de Bektas, había planteado un recurso de apelación general contra la sentencia de la jueza Clara Ruiz Díaz, basándose en que no existe un tratado entre el país requirente -Turquía- y Paraguay para dicho fin.

En su apelación, Garcete también cuestionó el hecho de que, según él, el Juzgado Superior en lo Penal N° 11, de Barkykoy, Turquía, a cargo de Yakup Kukul, no remitió dentro del plazo establecido los documentos que cumplen los requisitos para formalizar el pedido de extradición.

La cámara declaró admisible el recurso planteado por el abogado y lo analizó, teniendo como preopinante al magistrado José Waldir Servín, quien contestó los cuestionamientos del auxiliar de justicia indicando que al no haber tratado entre Turquía y Paraguay, el proceso se regirá según lo establecido en el artículo 147 del Código Procesal Penal de Paraguay.

El órgano jurídico en tal sentido establece que en “lo relativo a la extradición de imputados o condenados se regirá por el Derecho Internacional vigente, por las leyes del país, por las costumbres internacionales o por las reglas de la reciprocidad cuando no exista norma aplicable”.

No hay un tratado entre Turquía y Paraguay

Siguiendo con esa misma línea, al no haber tratado entre los dos países, tampoco hay tiempo establecido, por lo que se consideró que la Justicia de la República de Turquía cumplió con los requisitos establecidos para el proceso de extradición.

La resolución de la jueza Clara Ruiz Díaz además ordenó que se libren oficios a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Corte Suprema de Justicia para que por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada de la República del Paraguay en Buenos Aires, Argentina, se comunique al juzgado turco podrá ser extraditado luego de que se resuelva la causa penal pendiente en nuestro país.

Este proceso paralelo se tramita ante el juzgado penal de garantías de Lambaré, a cargo de la magistrada Isabel Bracho.