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Ministerio de Trabajo: 44 empresas no pagaron aguinaldo a sus empleados

Este artículo tiene 4 años de antigüedad
El artículo 243 del Código del Trabajo establece que queda establecida una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador.
El artículo 243 del Código del Trabajo establece que queda establecida una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador.Arcenio Acuña Rojas

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) recibió denuncias por falta de pago de aguinaldo contra 44 empresas. Si estas no cumplen con la norma se aplica una multa de 10 jornales mínimos por cada trabajador, informaron.

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De las 44 empresas denunciadas por no pagar aguinaldo a los empleados, 13 ya se pusieron al día, luego de la mediación realizada por funcionarios de la cartera de Estado. Otras seis empresas cuyos representantes no comparecieron serán fiscalizadas, y las demás firmas tienen audiencias fijadas para la semana entrante.

Desde hace tres años el Ministerio de Trabajo impulsa una fuerte campaña preventiva que apunta al cumplimiento de este derecho laboral, a través de su difusión masiva. Además del fortalecimiento de los servicios de cálculo de haberes y orientación laboral a los trabajadores.

Las empresas que no cumplan con la norma son pasibles de una multa de 10 jornales mínimos por cada trabajador afectado.

Recordemos que el artículo 243 del Código del Trabajo establece que queda establecida una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador en todo concepto (salario, horas extraordinarias, comisiones, u otras).

El aguinaldo será abonado antes del 31 de diciembre, o en el momento en que termine la relación laboral, si ello ocurre antes de esa época del año.

Dónde denunciar

Las denuncias son recibidas en forma presencial en la sede del Ministerio de Trabajo, en la calle Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, así como en las oficinas regionales del interior del país.

Otras vías habilitadas son: denuncias online, a través del Whatsapp, 0962-174000 o mediante llamada al 021-7290100, internos 551 y 552.

Cálculo de aguinaldo

La cartera de Estado posee una herramienta digital en su sitio web institucional para el cálculo de aguinaldo en el siguiente enlace https://calculadoras.mtess.gov.py/agui/production/formaguinaldo.php.

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