Argentina suprime “corredor seguro” y normaliza ingreso a su territorio

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El puente internacional se ve prácticamente vacío, porque para evitar la acumulación de vehículos sobre el viaducto se cierra el paso en el centro de fronteras, en el lado de Encarnación, y se libera el tránsito por tandas.
Puente San Roque González de Santa Cruz, que conecta a Encarnación (Paraguay) con Posadas (Argentina).Juan Augusto Roa

Desde este jueves, Argentina eliminó los “corredores seguros” para ingreso a su territorio y también suprimió los requisitos de PCR o pruebas de antígenos. A los extranjeros que quieran ingresar a dicho país se les pedirá una declaración jurada sobre la vacunación, no tener síntomas de la enfermedad y un seguro de viajero.

Desde hoy jueves 7 de abril, Argentina normalizó la entrada al país y habilitó todos los puntos de ingreso, eliminando así los “corredores seguros” dispuestos durante la pandemia del coronavirus.

La medida fue comunicada mediante un boletín especial del Gobierno Argentino, documento en el que también se detallan los requisitos a tener en cuenta por los extranjeros para ingresar a dicho territorio. Entre estos está completar una declaración aprobada por la Dirección de Migraciones acerca de su estado de vacunación y ausencia de síntomas de COVID-19, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje.

También piden tener un seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

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Ingresos por menos de 24 horas no necesitan seguro de salud

Las personas que ingresen a territorio argentino por un plazo menor a 24 horas y lo hagan por vía terrestre quedarán eximidas de firmar la declaración y el seguro de salud, según el documento.

Mediante esta decisión administrativa, Argentina oficializa la apertura programada y escalonada de los puntos de ingreso a su territorio que no estaban habilitados hasta la fecha.

“Todos los puntos de entrada al país habilitados previo al dictado de la presente o conforme lo establece este artículo y los puntos de ingreso al territorio nacional que a futuro se coordinen podrán operar en las condiciones pactadas previo a la vigencia del Decreto Nº 260/20 -sin requerir ser “corredor seguro”-, con las excepciones sobre los requisitos sanitarios exigidas en la presente decisión administrativa”, detalla la resolución.