A la hora prevista para el inicio del segundo juicio oral y público a Raúl Fernández Lippmann, el “partner” por enriquecimiento ilícito, el abogado defensor del exsecretario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Álvaro Arias Ayala, recusó al Tribunal de Sentencia en pleno.
El colegiado está integrado por Juan Carlos Zárate como presidente y Héctor Capurro y María Fernanda García de Zuñiga, como miembros titulares.
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“Resulta que el tribunal que hoy se integró para juzgar este caso donde él fue absuelto (en el primer juicio), ya lo condenó en el anterior caso (a 2 años de cárcel con suspensión, en el caso “audios”), el mismo tribunal. Entonces, nosotros recusamos a este tribunal de acuerdo a lo que establece el artículo 50, inciso 10 y 13 (del Código Procesal Penal), inciso 10 es haber emitido una opinión y 13, causas que puedan afectar la imparcialidad del Tribunal de Sentencia”, explicó Arias.
Fiscala afirma que recusación debe ser rechazada
“No estoy de acuerdo porque este Tribunal juzgó otros hechos con otras pruebas que nada tienen que ver con esta acusación y las causales que invocan no se dan en este caso. Se basa en suposiciones, no se puede afirmar que no serán imparciales, no existe ninguna incompatibilidad que la ley prevé para que un mismo Tribunal pueda juzgar a una misma persona en causas distintas, considero que debe ser rechazado”, expresó a su vez la fiscala Victoria Acuña, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción.
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En el primer juicio, el mano derecha del entonces presidente del JEM Óscar González Daher (fallecido en octubre de 2021), fue absuelto, pero un tribunal de alzada anuló el fallo.
MP solicitó pena de 8 años de cárcel para el “partner”
En sus alegatos finales en el juicio anterior, la representante del Ministerio Público solicitó una condena de ocho años de cárcel para el acusado.
Acuña sostuvo en juicio que Fernández Lippmann, conocido como “el partner” se enriqueció ilícitamente, entre los años 2007 y 2017, cuando ocupó el cargo de secretario general del JEM. Afirmó que el acusado no pudo justificar ingresos por la suma de G. 1.327.393.602.
Ahora, el colegiado debe esperar la decisión del Tribunal de Apelación para poder realizar el juzgamiento.