Tribunal de Apelación debe resolver recurso planteado por Arnaldo Giuzzio

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Marcus Vinicius Espíndola y el exministro Arnaldo Giuzzio, en la sede de la FOPE.
Marcus Vinicius Espíndola y el exministro Arnaldo Giuzzio, en la sede de la FOPE.gentileza

La defensa del exministro del Interior y Senad Arnaldo Euclides Giuzzio Benítez (55), procesado por presunta coima, planteó una reposición de plazo con apelación en subsidio, argumentando que no tuvo acceso inmediato a la carpeta fiscal antes de la audiencia preliminar. El juez José Agustín Delmás rechazó el recurso, que ahora será analizado por un Tribunal de Apelación.

El juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos, José Agustín Delmás Aguiar, a través de su AI N° 431, rechazó el recurso de reposición interpuesto por el abogado Guillermo Duarte Cacavelos, quien ejerce la defensa del procesado Arnaldo Giuzzio, contra la providencia que fija fecha par la audiencia preliminar.

Tras la decisión tomada por el magistrado, el expediente fue remitido a un Tribunal de Apelación Penal que tendrá a su cargo la resolución del recurso planteado por el exministro del Interior y extitular de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad).

El Ministerio Público acusó a Arnaldo Giuzzio y pide juicio oral y público para él, argumentando que recibió “cortesías” por parte del presunto narco Marcus Vinicius Espíndola Marques de Padua, detenido en Brasil el 15 de febrero de 2022 en el marco del operativo Britium y Turf de Paraguay.

Dichas “cortesías” consistían en reparaciones de vehículos del Ministerio del Interior, institución que estaba a su cargo, y de la Policía Nacional sin que se hayan hecho llamados a licitaciones u otros mecanismo establecidos en la norma nacional. Esto, atendiendo a que Marcus Vinicius Espíndola pretendía convertirse en proveedor del Estado.

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Defensa de Arnaldo Giuzzio alega que no tuvo acceso a carpeta fiscal

El abogado Guillermo Duarte Cacavelos planteó su recurso de reposición con apelación en subsidio, señalando que como defensa no tuvo acceso a la carpeta fiscal sino hasta un día antes de que se realice la audiencia preliminar al exministro Arnaldo Giuzzio, fijada para el pasado 31 de agosto.

“La carpeta fiscal estuvo desde el 16 de agosto de 2023 a disposición de las partes, lo cual es cierto, pero lo que no es cierto es que desde esa fecha esta defensa técnica haya podido examinarla, pues, como se puede constatar en el expediente judicial, fue remitida para su digitalización a un departamento interno del Poder Judicial y retornó recién el 28 de agosto de 2023 al juzgado”, relató Cacavelos.

“Recién el día de 29 se ha entregado a esta defensa técnica las copias digitalizadas de la carpeta fiscal que consta de cinco tomos, por lo que entre la entrega de la misma a la defensa y la audiencia existe un día hábil, con lo cual no se respeta el plazo para examinarla que consagra la norma”, sostuvo el auxiliar de justicia.

Por su parte, el fiscal anticorrupción Jorge Arce respondió que “alegar que la defensa no ha podido examinarla desde este punto de vista en cuanto a no haber tenido acceso carece de veracidad. V. S. el Juzgado ha dado el plazo suficiente a efectos de que la parte interesada, que alega no tener acceso a las actuaciones, acuda al juzgado a tomar conocimiento de lo que hiciera falta en el plazo establecido por ley, pero no lo hizo”.

Argumento de la defensa carece de veracidad para juez

En juez Delmás, por su parte, tras conocer los argumentos de las partes, concluyó que “en lo que refiere a la puesta a disposición de las partes de la carpeta fiscal en secretaría del Juzgado, y según lo dicho por la actuaria judicial Gabriela Benítez Yambay, el abogado Guillermo Duarte Cacavelos ha comparecido a la secretaria de Juzgado a solicitar en forma verbal la copia de la carpeta fiscal”.

Añadió que la carpeta de investigación fiscal “estuvo por 48 horas en el Departamento de Digitalización de la Corte Suprema de Justicia, no así desde el 16 de agosto como manifiesta el defensor técnico, a lo que le fue entregada la copia en formato digital el 29 de agosto de 2023, en menos de 3 días de haberlo solicitado de manera verbal a la Secretaria del Juzgado como se menciona precedentemente”.

“En base a estas consideraciones y por lo manifestado por el agente fiscal en su contestación de traslado, este Juzgador coincide en que carecen de total veracidad las manifestaciones vertidas por la defensa técnica”, finalizó.